cuantas plantas se pueden tener para consumo propio?

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cuantas plantas se pueden tener para consumo propio?

Notapor matusalen el Mié Ene 04, 2006 2:49 am

pues eso quiero saber cuantas plantas se pueden tener para consumo propio.. e oido en zonas k son 3 otras k son 7.. me lo poedeis aclarar? soi de elche
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Notapor zarbel el Mié Ene 04, 2006 3:13 am

Mira en el Boletín: "Doctrina del Tribunal Supremo", que puse en su día.
Salud y buenos humos.
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Notapor Mr. Wippy el Mié Ene 04, 2006 1:03 pm

wolas
en todas las zonas es la cantidad es 0
a veces me sorprendeque a estas alturas la gente pregunte cosas asi
todo el mundo sabe(o casi todo el mundo) que te pillan con unos porro y te caen 300e de multa,por lo tanto no seria muy logico que pudieras tener 3 o 7

suerte
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Notapor zarbel el Jue Ene 05, 2006 3:51 am

Wippi, tal vez la pregunta no sea tan sencilla ni la respuesta tan sencilla, ¿no crees? ¿Has pensado si, tal vez, pretende preguntar la diferencia entre cantidades para consumo y cantidades para tráfico? En tal caso, la respuesta "cero" que tú das, es una respuesta vacía, es una respuesta cero, porque no contesta a la pregunta, ¿no te parece?
Lo que pregunta es: ¿Cuántas se puede tener para consumo propio? Pero no especifica si está dispuesto o no pagar una multa por Ley Corcuera, sino que, yo entiendo, está refiriéndose a aplicación del Código Penal, por eso le remito al Boletín y a la Doctrina del Tribunal Supremo.
Si la pregunta fuese: ¿Puedo plantar marihuana en mi casa y venir el Presidente del Gobierno a darme una medalla al mejor cultivador del año? Pues la respuesta es, jajaja.
Salud y buenos humos.
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Notapor Mr. Wippy el Jue Ene 05, 2006 12:59 pm

wolas
hombre zarbel a mi no me parece una respuesta tan vacia,ya que por ley el cultivo esta prohibido,y a la pregunta de cuanto se puede tener la respuesta es cero,que asi luego evitamos que todavia la gente se crea que se puedan tener unas pocas planas tranquilamente o que podamos llevar algo para consumo propio
ademas como tu sabras muchas veces la deferencia entre consumo y trafico no se debe a la canidad

suerte
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Notapor board el Jue Ene 05, 2006 1:19 pm

pues en elche la respuesta es cero :D , tanto como para consumo propio , como para vender a terceros
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Notapor zarbel el Vie Ene 06, 2006 6:18 am

Sin duda, pero la pregunta deberíamos entenderla como digo: "¿Cuántas plantas puedo tener sin que me apliquen el Código Penal? Una cosa es el ilícito penal, que conlleva ir al Juzgado y verse condenado por mor de tener plantas para venta o distribución a terceros; y cosa distinta es el ilícito administrativo, que se produce por fumarse un porro en la vía pública, en un bar o por tener una planta en tu dormitorio. Creo que la cuestión está clara al respecto: distinción entre cárcel o pagar multa, según sea ilícito penal o ilícito administrativo (Ley Corcuera). Saludos.
Salud y buenos humos.
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