Cuantas plantas puedo tener legalmente?

torres949

Floración
22 Abril 2012
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La pregunta que todos nos hacemos xDD Pos eso queria saber cuantas plantas puedo tener en mi jardin ya que no me aclaro jeje
 

Genis

Semilla
30 Abril 2012
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En verdad 0.

Poder cultivar X, siempre y cuando sea para consumo y no para trafico. por consumo te podria caer una "pequeña multa", por trafico podrías ir a la carcel.
Realmente es un vacio legal.. pk puedes fumar siendo mayor de edad en una propiedad privada.. pero no puedes ni comprar ni plantar..
 

encogollado

Semilla
13 Marzo 2012
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cannarias
Ahora una duda q m surgio si tienes gramera pa pesar pero claro esta q no traficas t pueden acusar d trafico?o tb mirarian si tienes bolsitas dinero suelto etc...?
 

grassss

Cogollito
12 Marzo 2012
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España jerez de la frontera (cadiz)
hola compañero, se supone que para acusarte de trafico ,tienen que ver que hay una entrada y salida de gente ,el material que tengas acumulado ,cantidad de dinero que tengas escondido(dinero negro),etc no te pueden acusar de trafico por tener plantas y una bascula simplemente ,necesitan mas pruebas ,saludos :)
 
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Reacciones: jonny ganjah

karaflay

Semilla
15 Abril 2011
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Yo he visto como la policía secreta le quitaba a un amigo una tana con forma de CD ,muy guapa por cierto, y sin haberle encontrado los canutos cuando le registraron, el madero simplemente dijo que no podía llevarla encima y que se la requisaba... Pero no sé, hasta que punto es ilegal, quizás el madero se estaba tirando el moco.
El caso es que mi colega se quedo sin su tana y no le encontraron porros a nadie, como lo asocian a la ilegalidad? si me bajo la báscula a la calle me la requisarán también? y el metro con todos sus centímetros también es ilegal porque mide distancias en vez de peso?

A ver si sabe alguien acerca del tema...
 

karaflay

Semilla
15 Abril 2011
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hola compañero, se supone que para acusarte de trafico ,tienen que ver que hay una entrada y salida de gente ,el material que tengas acumulado ,cantidad de dinero que tengas escondido(dinero negro),etc no te pueden acusar de trafico por tener plantas y una bascula simplemente ,necesitan mas pruebas ,saludos :)
El año pasado leí un caso (creo que en este mismo foro) de una persona a la que denunciaron los vecinos por tener varias plantas de maría en la terraza, según lo que decía él, le hicieron el pincho llamando de la comisaría diciendo que se tenía que presentar allí, él fue para allí y mientras estaba fuera de casa entraron (no sé cómo) y se llevaron las plantas, posteriormente le denunciaron.
Además comentaba que le habían pesado las plantas con tiesto y todo y que al exceder no se cuántos kilos, le acusaban de traficar y no se que leches mas, tenía que pagar una multa que no especificaba cuánto pero me imagino que sería un número de 5 cifras, y quedaba pendiente de juicio con posibilidad de ir a la cárcel.

Creo que lo leí en este mismo foro el año pasado, a ver si lo encuentro...

P.D.: alguien sabe algo de lo que mencionábamos antes de llevar la tana encima y que te pille la policía?
 

pepeweed

Cotiledon
4 Abril 2012
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Canarias
LA gramera la puedes tener por mil motivos... jjaja para pesar el azucar que le pones al cafe... o los que siguen dieta extricta que lo pesan todo, lo que pasa que en las noticias nombran que descubren no se cuantos kilos y una gramera... como si la gramera fuera un articulo ilegal.
En principio si no hay denuncia no deberias tener problemas con la policia, llevate bien con los vecinos y que las matas no sean un cantaso, que se vean desde la calle facilmente y ya esta...
Ademas este año con la crisis no creo que tengamos el helicoptero merodeando.:yeah::yeah::fumon:
Yo creo que para acusarte de trafico, a no ser que tengas mil plantas (que esta claro que no es para uso propio) tendrían que tener pruebas y sospechas. En donde vivo todos sabemos quien vende por todas las "visitas" que tiene.
 

cybek

Floración
5 Octubre 2011
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Buenas gente!

Claro que puedes sembrar legalmente. Si es legal el consumo propio, de algún lugar debes sacar lo que quieres fumar.
Lo de 3 plantas es un mito, he llegado a la conclusión de que la gente dice eso de 3 plantas, para asegurarse de que no acumules una cantidad de hierba ilegal en casa. La cantidad legal ha acumular en casa, son 5kg aproximadamente creo recordar. Os dejo un trozo de texto copiado y seguido del link de la web donde podréis resolver todas vuestras dudas. (ir al apartado "Juridico" de la web, alli encontrareis todo lo que debeis saber).

(trozo de texto interesante que responde tu duda creo)
II - LA INFRACCION PENAL

El código penal establece en su artículo 368 lo siguiente:

"Los que ejecuten actos de cultivo, elaboración o tráfico, o de otro modo promuevan, favorezcan o faciliten el consumo ilegal de drogas tóxicas, estupefacientes o sustancias psicotrópicas, o las posean con aquellos fines, serán castigados con las penas de prisión de tres a nueve años (6 años a partir del 22 de diciembre del 2010) y multa del tanto al triplo del valor de la droga objeto del delito si se tratare de sustancias o productos que causen grave daño a la salud, y de prisión de uno a tres años y multa del tanto al duplo en los demás casos."

Y a partir del 22 de diciembre del 2010 se le añade:
“No obstante lo dispuesto en el párrafo anterior, los tribunales podrán imponer la pena inferior en grado a las señaladas en atención a la escasa entidad del hecho y a las circunstancias personales del culpable. No se podrá hacer uso de esta facultad si concurriere alguna de las circunstancias a que se hace referencia en los artículos 369 bis y 370 (organizaciones delictivas).”

Con carácter general se puede decir que por la Sala 2.ª del Tribunal Supremo se ha venido considerando como drogas duras todas, excepto las derivadas de la cannabis sativa y algunos psictrópicos


1) La conducta típica (punibles, para entendernos)


a) El cultivo

El cultivo de las plantas de cannabis sativa cuando tiene por objeto el propio consumo no es típico, según una reiterada jurisprudencia, pero cuando excede de las cantidades señaladas por el Instituto Nacional de Toxicología como propias del consumo normal de una persona, entonces dicha conducta sí es encuadrable en el tipo del art. 368.

La marihuana, grifa o hierba proviene de la planta hembra de la cannabis sativa, siendo preparada a partir de las hojas secas, flores y pequeños tallos. Así pues, en el caso de ocupación de plantas a un particular, para determinar si las mismas son o no para el propio consumo habrá que calcular, en primer lugar, el peso de las mismas y descontar aquellas partes no relevantes (tierra, raíces, tronco y ramas) que habitualmente se fija en un 40%. El consumo es de las partes secas por lo que seguidamente hay que descontar entre un 80 y un 85% de agua de la planta. El resultante, sin tratarse de un criterio matemático, ya que debería someterse a prueba pericial en cada caso concreto, será la parte de la planta consumible como marihuana y esa cantidad es la que habrá que tener en cuenta para apreciar si la droga era para el propio consumo o no (Como veremos mas adelante, la previsión de consumo es de 15-20 gr de marihuana diarios, luego si la cosecha es anual, se debería poder justificar hasta 15x365= 5,5 kg de marihuana, siempre que se demuestre que se es consumidor).

A pesar de que muchos de los denunciados por cultivo han alegado que era con fines terapéuticos, las sentencias judiciales no suelen entrar a valorar el fin médico del mismo y se limitan a dictaminar que no hay delito en el cultivo para consumo propio. Sin embargo hay excepciones. En el año 2006 un juez de Alicante absolvió a un psicoterapeuta que cultivó 258 plantas de marihuana, que pesaban 3,5 kilos, al considerar probado que el acusado "vio que le iban bien para las migrañas, por lo que hizo una investigación para estudiar las variedades". En 2007 el magistrado titular del Penal 1 de Jaén incluye como razón entre los datos "objetivos" a considerar para absolver a un acusado de un delito de tráfico de drogas que "éste padece de colon irritable, dolencia que le causa grandes dolores", de esta forma el magistrado entiende creíble la tesis que sostuvo de la defensa de que la droga era para autoconsumo, aunque la cantidad "excede con mucho la que pueda destinarse" a este fin (5,3 kilos aunque con una pureza muy baja), ya que considera que el acusado accedió voluntariamente al registro de la parcela donde estaba la plantación, lo que demuestra una "buena fe impropia de quien pretende traficar". En 2008 un juez de León dictó una sentencia absolutoria para un individuo al que la Guardia Civil sorprendió con veinte plantas de marihuana con un peso total de cien kilos (no confundir lo pesado por la Guardia Civil con el peso real, que serían unos 12 kg) ya que no se pudo acreditar que el procesado fuese a traficar con el material y además alegó ser consumidor habitual. Pero no hay que confiarse, la STS 17-3-1999 estimó de notoria importancia la aprehensión de 28 plantas de marihuana cultivadas por un particular, siendo el peso de las hojas y flores de más de 18 kilos.

Como vemos con las distancias sentencias, no hay una norma clara establecida que regule el cultivo de cannabis para autoconsumo, depende del criterio del juez y de las circunstancias particulares de cada caso.

En cuanto a la tenencia y venta de las semillas de la planta también debe considerarse tal conducta como atípica, ya que tales partes de la planta aun no tiene el componente psicoactivo, no hallándose encuadradas en las Listas de los Convenios de Naciones Unidas de 1961 y 1971, siendo también impune la propaganda de la realización de actividades destinadas a plantar las semillas cuando el cultivo es para el autoconsumo.


Link pagina web: http://www.abeic.es/joomla-abeic/
Si quieres leer sobre esto en concreto, en la parte de juridico, entra en: Aspectos legales.

Un saludo!
 

dvd438

Floración
22 Marzo 2017
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33
sigue igual es ilegal lo que esta despenalizado si no esta a la vista i demuestras que es para consumo propio pero las plantas te las quitan seguro
 
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