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¿Que sabe usted del Cannabis?

5 May, 2012, 10:00 AM
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cannabis campoSu origen lo encontramos en la cordillera del Himalaya, pero desde el neolítico ha estado presente en la península Ibérica. Se ha utilizado a lo largo de milenios para aprovechar sus fibras y como alimento. Pero su contenido psicoactivo ha provocado que el cannabis se haya convertido en una planta perseguida y venerada casi a partes iguales.

Es quizá esta especial relación de amor-odio la que ha provocado que esta sustancia hoy en día se encuentre en una situación muy inestable tanto a nivel legal como social. Entrar en el debate sobre si es conveniente consumir cannabis sería casi tan infructuoso como debatir sobre la conveniencia de consumir alcohol, tabaco o cafeína. Otras sustancias que, pese a estar clasificadas también como drogas, gozan de una situación controlada a nivel administrativo y de una producción y consumo totalmente reguladas por la ley.

El cannabis y su consumo han vuelto a ser noticia en los últimos meses. Desde ayer mismo Holanda, el país europeo con la legislación más avanzada y permisiva respecto al consumo de drogas, comenzará a prohibir la venta de marihuana y hachís a los no residentes. Una ley, que pretende acabar con el conocido como ‘turismo de Coffe Shops’.

En España el caso mediático más reciente ha sido el de la Asociación Barcelonesa Cannábica de Autoconsumo (ABCDA) y su proyecto de creación de un cultivo colectivo de marihuana para autoconsumo a gran escala en terrenos del pueblo tarraconense de Rasquera. Pese a que el referéndum popular de este ‘plan anticrisis’ fue positivo a su ejecución, el Ayuntamiento de la localidad se mantiene a la espera de las conclusiones dela Fiscalía de Tarragona sobre la legalidad de la plantación.

Noticias como estas han vuelto a generar debate, controversia y multitud de opiniones que deberían partir de un conocimiento previo de la situación actual. No todo es blanco ni negro, y por eso es importante saber de lo que se habla. ¿Pero cuál es exactamente la situación del cannabis en España?

Europa, España y la ‘Ley Corcuera’

El 25 de octubre de 2004 el Consejo Europeo estableció una serie de criterios para definir qué conductas relacionadas con las drogas ilegales son consideradas delito en los estados miembros y cuales deben regularse independientemente por cada país. En estos criterios se regula el tráfico y el uso comercial de las drogas pero deja fuera todo lo relacionado con el consumo propio, con lo cuál cada país tiene capacidad para legislar en esta materia.

La primera de las preguntas que viene a la cabeza sería si es legal la posesión de cannabis. Para responderla nos ponemos en contacto con Andres Vidau O’Hara, coordinador de laFederación de Asociaciones Cannábicas (FAC), quien nos remite a su guía para asociados. La respuesta la encontramos en la Ley 17/1967, de 8 de abril, sobre estupefacientes en la que se establece que “la tenencia de las llamadas sustancias estupefacientes, entre las que se encuentra el cáñamo psicoactivo, será lícita solo en el caso de que exista una autorización administrativa”, que actualmente debería ser emitida porla Agencia Española del Medicamento.pegatina

A falta de dicha autorización, que no suele concederse nunca, “la tenencia es ilícita pero impune, al no estar prevista en la citada ley ninguna sanción para la simple tenencia. Lo que sí está previsto es la incautación y destrucción de la sustancia que se pudiera intervenir, de manera que si las fuerzas policiales entran legalmente en un espacio privado donde encuentren hachís o marihuana, su obligación, al menos en principio, sería decomisar lo que encuentren”.

El siguiente escalafón legal llegó en febrero de 1992 con la aprobación de la Leyde Protección de la Seguridad Ciudadana, más conocida como ‘Ley Corcuera’. En ella se establece que “constituyen infracciones graves a la seguridad ciudadana el consumo en lugares, vías, establecimientos o transportes públicos, así como la tenencia ilícita, aunque no estuviera destinada al tráfico”. Es decir, no está permitido llevar encima cualquier cantidad de marihuana (por poca que sea) en lugares públicos. En este supuesto se trataría de una infracción administrativa, que comportaría una multa y la incautación de las sustancias.

Según Esther Sánchez, abogada especialista en delitos contra la salud pública e integrante de Alacannabis“el marco legal es suficientemente amplio y difuso como para que dos personas detenidas con la misma cantidad de sustancia puedan enfrentarse a sanciones totalmente distintas”.

Por otra parte, “si la cantidad de droga incautada o cualquier otro indicio pudieran dar a entender que esa sustancia estaba destinada al tráfico o a ser transmitida a terceros, la situación cambia y podríamos enfrentarnos a un delito contra la salud pública”, que está tipificado en el artículo 368 y siguientes del Código Penal y que puede acarrear multas y hasta tres años de prisión. Una interpretación que, según Sánchez, “suele favorecer en la gran mayoría de los casos a los agentes del orden”.

El autoconsumo y los Clubes Sociales

Sin embargo, esta misma ley deja una puerta abierta al autoconsumo privado, que desde 1974 no está penado en España. Por esta razón, el cultivo también debería estar exento de responsabilidad penal en los supuestos en los que se realice para abastecer un autoconsumo.

En la práctica, no obstante, resulta más complicado de lo que parece. A diferencia de otro tipo de delitos, en los que prima la presunción de inocencia y se debe demostrar nuestra culpabilidad, cuando hablamos de la tenencia de cannabis lo normal es que se parta del supuesto contrario. Si la policía nos incauta cualquier cantidad, seremos nosotros los que tendremos que demostrar que estaba destinada al autoconsumo, o de lo contrario lo más frecuente será que se nos acuse de tráfico.

Como nos recuerda Sánchez, “el problema está en que, aunque semanas después consigamos demostrar que nuestras plantas eran para autoconsumo, lo más común es que desde el primer momento sean arrancadas o destruidas”.

Diversas sentencias del Tribunal Supremo establecen que, así como no son sancionables los actos dirigidos al autoconsumo individual (cultivo), tampoco lo es que varias personas se junten con el mismo fin siempre que ninguna de ellas actúe como intermediario con ánimo de lucro. Esta situación legal es la que ha dado lugar a la existencia de los clubs de consumidores y asociaciones cannábicas.

Fundada en el año 2000, la Asociaciónde Usuarios y Estudios del Cannabis de Alicante, Alacannabis, es una de las más veteranas de la Comunitat Valenciana. Se trata de una asociación totalmente legal, en la que sus más de 200 asociados se rigen por unos estatutos y unas normas de acceso muy estrictas. Según Sánchez, “se intenta cumplir a rajatabla el concepto de círculo cerrado. De entrada no se admite a nadie con una edad inferior a los 21 años y se examina detenidamente cada nueva solicitud de ingreso para evitar gente que pueda aprovecharse de la asociación con otros fines”.

La FACaglutina a las asociaciones y clubs más importantes y, como comenta su coordinador, “estas asociaciones deben cumplir una serie de requisitos claros, concretos y específicos en cuanto al funcionamiento interno, económico y jurídico siguiendo una línea legal establecida de la que no se puede desviar”. Entre estos requisitos es fundamental que los socios del club sean adultos y usuarios de cannabis, o bien tengan una dolencia reconocida por la Asociación Internacional del Cannabis Médico, IACM como susceptible de tratamiento con esta sustancia.

A su vez, el cánnabis debe producirse en circuito cerrado, sin fines comerciales y la producción se ha de realizar en función de la previsión de consumo conjunta de los socios, no en función de una demanda abierta y sin control. Respecto a este punto Esther Sánchez remarca el hecho de que en asociaciones como la alicantina, “apenas un tercio de sus asociados tiene acceso al cultivo colectivo. El resto simplemente buscan información sobre asuntos relacionados con el cannabis o compartir experiencias y consejos con otra gente que cultiva para autoconsumo”.

La cultura del cáñamo

cannabis
Interior de Vedax, el 'Grow Shop' más grande de Alicante. Foto: Nonada.es

Aunque asociaciones como Alacannabis están cobrando cada vez mayor auge, el mayor porcentaje de cultivadores de cannabis prefiere hacerlo por su cuenta. De esta manera en los últimos años son cada vez más los establecimientos que surgen dedicados a la gente interesada en la cultura del cáñamo. Allí pueden encontrarse desde abonos, fertilizantes y lámparas para el cultivo en interior, hasta semillas de una gran variedad diferente de cannabis y cuya venta sí que es legal.

José Manuel Martínez es el responsable de Vedax, el ‘grow shop’ más grande de la ciudad de Alicante que hace tan solo unos días acaba de abrir sus puertas. Para él “lo más importante es conseguir normalizar la situación. El que cultiva por su cuenta principalmente busca no tener que acudir al mercado negro, con el consiguiente peligro que ello conlleva. En general la gente que planta cánnabis es a su vez estudiosa de la planta. Muchos coleccionan las diferentes semillas e intentan descubrir nuevas variedades”.

Y es que, en palabras de José Manuel, el mundo del cáñamo es muy similar al del vino. “Siempre habrá quien lo use para emborracharse y punto, pero la cultura del vino, sus distintos matices y su uso responsable y moderado está hoy fuera de toda duda. Con el cáñamo pasa lo mismo. Si se está bien informado y se hace un uso responsable, se comienza a descubrir que detrás hay toda una cultura que va desde lo agrícola a lo social, pasando por sus efectos medicinales. En definitiva, mucho más que un simple colocón. Afortunadamente parece que la gente cada vez es más consciente de ello, aunque aún queda mucho camino por andar”.

Por Toni Esteve

 FuenteNonada.es

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