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Un mes de prisión preventiva para el abogado que cultivó cannabis en Costa Rica

15 November, 2015, 19:00 PM
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Había quedado en libertad porque no se determinó el fin del cultivo. Al sujeto se le decomisaron decenas de plantas de marihuana en su casa.

Un abogado de apellido Cerdas, sospechoso de cultivar cannabis en su casa de habitación, volvió a la cárcel donde pasará un mes más como medida preventiva. Esto tras la apelación de la Fiscalía de Alajuela.

Al hombre le allanaron su vivienda-ubicada diagonal a los Tribunales de Justicia de Alajuela- en cinco ocasiones, en las que le decomisaron decenas de plantas. Él afirma lo hace para consumo personal.

Su caso replicó en asociaciones que buscan no criminalizar, ni encarcelar a personas porque cultivan o poseen cannabis, como la Asociación Costarricense para el Estudio e Intervención en Drogas (Aceid), donde consideran “arbitraria, autoritaria y desproporcionada” la actuación del Estado en su contra.

              “A pesar de que el Señor tiene trabajo, tiene arraigo, se le siguen violentando sus derechos. La Ley costarricenseno define plantas, define dolo, define que haya un delito.A él se le hicieron investigaciones, se le mandaron agentes encubiertos para comprarle marihuana y él reiteradamente dijo que las plantas eran para consumo personal (…) Reiteradamente él ha dicho que no sólo las usa para fumar, las usa también para comer y para otros usos que tiene la planta”, comentó Ernesto Cortés, director de Aceid.

A su criterio y el de su organización, hay un vacío legal y consideran que no se le puede condenar o enjuiciar a una persona por esta situación, ya que no existe una ley.

Explicó que en el caso de Cerdas tampoco no se ha definido si las plantas daban para ser consumidas. En otros países -donde el consumo es legal- se establece que se pueden consumir las plantas hembras en floración.

De acuerdo con Cortés el caso abre una oportunidad a los tribunales, al Poder Judicial y a la legislación costarricense para que defina este tema.

El tema también tocó puertas este mes en la Sala Constitucional, luego de que un ciudadano presentara una acción de inconstitucionalidad en referencia al artículo 58 de la Ley 8204 sobre estupefacientes.

El ciudadano afirmó que la ley no distingue entre el cultivo de marihuana para el autoconsumo, del cultivo de drogas prohibidas con fines de tráfico.

Su planteamiento se estableció en el expediente 15-014863-0007-CO, cuya sentencia está pendiente por parte de los magistrados.

Pronunciamiento ACEID

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