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Como regular la marihuana en España, por Enrique Fornés

2 November, 2012, 16:00 PM
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fornesPor Enrique Fornés.

INTRODUCCIÓN.

En este artículo expongo al Gobierno de España una propuesta para regular la marihuana. Si se discuten las propuestas, sobre las propuestas, no se entra en interminables peroratas, discusiones personales, familiares, sociales, periodísticas ni parlamentarias.

Hay dos formas básicas de reconocer y regular el derecho al autocultivo y los Clubs Sociales de Cannabis (Asociaciones que cultivan, se reparten la cosecha y sus derivados entre los socios mayores de edad).

Una forma es una ley suficientemente extensa que reconozca y regule todo: requisitos para cultivar, cantidad de producción, producción de derivados, tanto por cien de THC, requisitos de las asociaciones, cantidad de consumo, distribución, almacenamiento, traslados, reparto, certificados médicos, dolencias, usos recreativos, lugares de consumo, materiales de cultivo, fungicidas, fertilizantes, semillas, certificados, inspecciones, régimen sancionador de las asociaciones, informes, controles, vigilancia, seguridad.

La segunda forma básica es reconocer esos derechos mediante una breve circular y resolver cada expediente individual que se plantee a la discreción de la Agencia Española del Medicamento y Productos Sanitarios, decidir mediante resoluciones, dejarlo todo a la decisión ágil, “cambiante sobre la marcha”, del servicio de restricción de estupefacientes, que puede dictar resoluciones discrecionales en base a la seguridad y calidad.

En la presente propuesta se gestiona casi todo sobre la marcha, mediante resoluciones administrativas individuales, no mediante extensas leyes ni reglamentos.

Expuse mi opinión en el artículo “Como legalizar las drogas” del año 2007: hay que denunciar los convenios internacionales. La Misión es terminar con el delito, la infracción administrativa y crear un mercado libre de compraventa de toda clase de drogas. Ya que no hay voluntad política, aquí expongo una propuesta “asimilable” para personas de mentalidad tradicional. Me lo tomo personalmente como un “objetivo transitorio” hasta que se logre esa Misión.

EN QUÉ CONSISTE LA PROPUESTA.

Tan solo hay que añadir esta línea al delito de tráfico de drogas: “Se considerará “consumo ilegal” los no autorizados por el Ministerio de Sanidad” y dictar una circular de la Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios (AEMPS, en adelante la Agencia), organismo que cumple las funciones encomendadas por los tratados internacionales de “Servicio de restricción de estupefacientes”.

Para ver la importancia del añadido, recuerdo el texto del artículo 368 CP: “Los que ejecuten actos de cultivo, elaboración o tráfico, o de otro modo promuevan, favorezcan o faciliten el consumo ilegal de drogas tóxicas, estupefacientes o sustancias psicotrópicas, o las posean con aquellos fines, serán castigados con las penas de prisión de…”

Esas dos palabras de “consumo ilegal” son clave. Tal vez no exista un “consumo legal” de cannabis, pero es claro que existe un “consumo no ilegal”, aquel que está aceptado socialmente, por ejemplo fumarse un porro en casa.

MODIFICACIONES LEGALES CONCRETAS

I.- Propongo añadir la siguiente frase al final del primer párrafo del artículo 368 del código penal:

“Se considerará “consumo ilegal” los no autorizados por el Ministerio de Sanidad”.

Se pasa la pelota a lo autorizado por el ministerio de sanidad.

II.- La Circular que propongo de la Agencia Española del Medicamento y Productos Sanitarios, o si se prefiere una Orden del Ministerio de Sanidad o un Real Decreto que sustituya a la derogada tácitamente ley 17/67 de 8 de abril “Estupefacientes. Normas Reguladoras”, es la siguiente:

Articulo 1º.- Exclusivamente quedan autorizados los siguientes consumos de cannabis:

a).- El consumo de cannabis realizado en lugares de uso privado, procedente de cultivos propios para consumo personal (autocultivo), por personas mayores de edad.

b).- El consumo de cannabis realizado en lugares de uso privado, procedente de cultivos expresamente autorizados por la Agencia mediante resoluciones de expedientes administrativos, de una Asociación Cannabica que se dediquen sus miembros a cultivar plantas de cannabis psicoactivo (marihuana), compartir gastos, repartir la cosecha y sus derivados entre socios mayores de edad, y que ofrezca suficientes garantías de seguridad y calidad discrecionales a juicio de la Agencia.

Artículo 2º.- La resolución que ponga fin a cada procedimiento establecerá el máximo de plantas autorizado a cada asociación solicitante, siendo a modo orientativo, por persona miembro de la Asociación, el siguiente número de plantas:

. De cultivo de interior con luz artificial………………………………….………..…..30 plantas anuales.

. De cultivo exterior en macetas máximo 9 litros de capacidad……………15 plantas anuales.

. De cultivo exterior en suelo o maceta superiores a 9 litros……………..…..5 plantas anuales.

Articulo 3º.- Se establece a las asociaciones cannabicas una tasa de 25 euros por la autorización de cultivo de cada planta de cannabis de exterior en suelo, 10 euros por las de maceta en exterior y 5 euros por cada planta de interior, debiéndose cultivar, producir, transportar, almacenar y repartir siguiendo las directrices de la Agencia, conforme a la resolución del expediente administrativo que inicie la asociación interesada.”

Ya está. Es una reforma ágil, eficaz y barata. Es una propuesta, entre todos se debe mejorar o rechazar.

CARACTERISTICAS DE ESTA PROPUESTA.

A.- Con esta propuesta se reconoce el derecho al autocultivo y también el derecho al cultivo colectivo y reparto de marihuana de los Clubs Sociales de Cannabis, dando seguridad jurídica a la vigente realidad social de la segunda década del siglo XXI.

B.- Se deja claro el número máximo de plantas que se puede cultivar, una vieja pregunta, preocupación popular y reclamo activista.

C.- Los que ejercen el derecho al autocultivo no tienen que pagar tasa ni solicitar autorización al Estado. Solo pagan tasa las asociaciones y solo estas tienen obligación de solicitar el inicio de un expediente administrativo si pretenden cultivar cannabis.

D.- Con esta propuesta se reduce el delito de tráfico de cannabis y las infracciones por tenencia ilícita.

Los españoles mayores de edad podrán hacerse socios de asociaciones o clubs que compartan los gastos y se repartan la cosecha, quitando buena parte de la clientela al mercado negro.

El cannabis obtenido de los cultivos autorizados pasa a ser permitido, de “consumo no ilegal”. No puede considerarse “consumo ilegal” del artículo 368 del código punitivo, o “tenencia ilícita” del artículo 25 de la ley 1/92, por lo que instantáneamente su producción y tenencia en lugares privados y reparto a socios consumidores mayores de edad deja de ser delito o sanción administrativa. También deja de serlo el traslado de la sustancia entre lugares privados.

E.- No se deroga ninguna ley. Con esta propuesta sigue vigente el artículo 368 del código penal y el artículo 25 de la ley sobre protección de la seguridad ciudadana. Sigue estando castigado vender cannabis y consumirlo en lugares públicos. Los de mentalidad tradicional pueden sentirse “seguritos” “seguritos”.

F.- El concepto de “tenencia ilícita” del artículo 25 la ley 1/92 pasa a significar el cannabis que proceda de cultivos no autorizados.

G.- No hace falta hacer regímenes nuevos sancionadores. Las infracciones de las resoluciones, se sancionan por el código penal o ley 1/92 sobre protección de la seguridad ciudadana. El consumo público de cualquier cannabis o la tenencia de cannabis del mercado negro sigue siendo sanción administrativa de acuerdo con el artículo 25 de la ley 1/92.

H.- Ingresamos hasta 25 euros por planta de las asociaciones. Si la ministra de sanidad hace cálculos de lo que ingresará su ministerio, se le pondrán ojos como chiribitas.

I.- Lo más importante es que se crea un poderoso motor de reactivación de la economía española con el cannabis y el cáñamo. La planta de cannabis es muy importante para un país agrícola y turístico como España. El mercado negro no saca rendimiento pleno a hojas, flores, tallos, semillas, raíces y jugos de la planta. Aprovechar un recurso al 100% es un deber moral, al igual que respetar las plantas.

J.- En las resoluciones se pueden establecer controles, obligaciones o consejos personalizados sobre seguridad, niveles de THC, calidad de las semillas, de los equipos de electricidad, fertilizantes, fungicidas. Materias que parece conveniente concienciar a la ciudadanía.

K.- Se puede denegar la autorización de cultivo por causas discrecionales, conforme a la resolución que se dicte en cada expediente administrativo.

L.- Se puede recomendar en las resoluciones administrativas variedades de semillas que tengan especial necesidad de rescate o protección (variedades premiadas, cáñamos autóctonos que aun queden) y dar quizás beneficios añadidos personalizados, como facilitar la comunicación con las fuerzas de seguridad a fin de que protejan el cultivo de los robos.

M.- España podrá sacarle también con esta regulación de la marihuana rendimiento al cáñamo industrial. Hay que decirlo claramente: en la actualidad no le saca rendimiento porque da miedo plantarlo, la iniciativa privada no crea manufactura y no hay empresas trasformadoras. Los agricultores emprendedores están paralizados por el miedo. Podrían obtener una valiosa materia prima del cáñamo e investigar aplicaciones, pero tienen miedo a que la guardia civil les detenga por confundir las plantas con cáñamo psicoactivo, marihuana. Otros países, al menos, le sacan dinero a la planta de cáñamo industrial, como nuestras vecinas Francia y Alemania.

N.- Las Asociaciones Cannabicas (Clubs Sociales de Cannabis), pagarán la tasa masivamente por miedo al delito de tráfico de drogas o la tenencia ilícita de drogas.

Hasta aquí la propuesta, de 4 folios de extensión, de cómo regular la marihuana. Es muy fácil mejorarla y ponerla en práctica, tan solo se necesita voluntad. Recomiendo al Gobierno de España ver en consejo de ministros “marihuana televisión.tv”, los 4 videos “news”, donde podrán ver con sus propios ojos la vigente realidad social del autocultivo y los clubs sociales de cannabis en España. Espero os haya gustado esta propuesta. Repito que por mí, no seguiría esta propuesta, denunciaría los convenios internacionales y daría libertad total de cultivo y comercio. Salud.

Fdo. Enrique Fornes Angeles.

Abogado colegiado no ejerciente nº 6385.

Valencia, 1 de noviembre, 2012.

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