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Familias usuarias de cannabis médico piden más participación en Ecuador

26 May, 2020, 21:00 PM
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Ecuador se prepara para entrar de lleno en la industria del cannabis. El proceso liberador podría darse el 21 de junio, fecha escogida para la publicación de la norma que regule la siembra y cultivo de CBD.

Ahora, y según publica El Comercio, las agrupaciones que impulsan la despenalización del cannabis desde hace 10 años en Ecuador están en protesta.

Recuerde que no han sido tomados en cuenta para la elaboración del reglamento a la ley que permitiría el uso medicinal.

La fecha tentativa para la publicación de la norma es el 21 de junio del 2020, según informó Andrés Luque, subsecretario de Producción del Ministerio de Agricultura.

El Subsecretario anunció que el reglamento relacionado con la despenalización del cultivo de productos de cannabis no psicoactivo con finas medicinales e industriales está avanzado.

Solo resta ajustar algunos detalles, ya que el texto debe estar acorde a lo aprobado en las reformas al Código Orgánico Integral Penal, dijo.

En la Ley se incluyen varios artículos cuyo objetivo es la regulación del uso de cannabis medicinal con fines terapéuticos, paliativos, medicinales o para el ejercicio de la medicina alternativa.

Quien lo consuma deberá contar con el diagnóstico de un profesional.

PROTESTAS

El sábado pasado, 12 organizaciones dirigieron una carta a los ministros Xavier Lazo e Iván Ontaneda, de Agricultura y la Producción.

Reclaman por la exclusión en las mesas de diálogo para preparar esta normativa.

“A los actores que hemos formado parte de este proceso de legalización y regularización, no se nos ha determinado”, dice Alexis Ponce, de la Agrupación de pacientes y familias por el cannabis medicinal.

El hombre señaló que no había tenido acceso a los diálogos e hizo cuatro pedidos: “Transparencia, no trabajar para grupos reducidos; evitar los conflictos de intereses y aclarar si están relacionados con la industria cannábica ”. 

Mencionó, por ejemplo, que conoció de reuniones incluso con floricultores.

En el comunicado se insiste en que la norma debería ser discutida con todos los actores.

“Estamos a tiempo de escribir una regulación incluyente y participativa a todo nivel; que tomo en cuenta y proteja los derechos de todos, y en especial de los grupos más vulnerables, de los pacientes ”, opina Gabriel Buitrón es representante de Ecuador Canábico, que también firmó esta carta.

“Presentamos nuestras propuestas y luego no nos volvimos a llamar”, específicamente.

Apertura al autocultivo

Entre sus planteamientos están la apertura para el autocultivo, principalmente para familias con una persona con enfermedad crónica o catastrófica.

Y establecer diferencias en la producción de las asociaciones y cooperativas pequeñas y las grandes farmacéuticas.

Sobre el tema, Luque indicó que no se permitiría el autocultivo, ya que esto imposibilitaría el control, debido a que el cannabis no psicoactivo tiene características similares a la marihuana, la sustancia sujeta a fiscalización.

El martes 12, el ministro Ontaneda, dijo en Twitter, “la industria medicinal e industrial de cannabis es una gran oportunidad, generará millas de empleos y dólares”.

Dólares que Ecuador necesitará y mucho para poder superar la crisis económica económica por la pandemia de coronavirus.

Los ministerios de Agricultura y de Salud tienen un poco más de un mes para acelerar las regulaciones respetuosas de las reformas al COIP. Este se publica en el Registro Oficial el pasado 24 de diciembre del 2019.

La normativa otorgó 180 días de plazo para que se elaboren los reglamentos.

El lunes 11 de mayo del 2020, el presidente de la República, Lenín Moreno, firmó el Decreto Ejecutivo 1049, en el que dispuso cambios en el Reglamento General a la Ley Orgánica de Prevención integral del Fenómeno Socioeconómico de las Drogas y de Regulación y Control del uso de Sustancias Catalogadas Sujetas a Fiscalización.

Moreno oficializó cambios en la calificación y autorización para manejar de forma permanente sustancias catalogadas sujetas a fiscalización para las actividades y multas especificadas en la Ley.

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