Hola gente,
Soy sambarap
Estoy en un apuro y querría saber si me podeis orientar
El 21 de abril escribí un tema en el foro titulado ME PILLARON !!! que decía así:
Hola gente. Os cuento mi problema. A ver si me podeis ayudar:
el otro día ibamos por la carretera, por algún lugar de españa, y nos paró la guardia civil, en un control rutinario de esas de a la vuelta de la rotonda...El caso es que íbamos fumando y no nos dio tiempo a ventilar el coche. , y claro... al abrir la ventana el amable agente se debió coscar. Le dio de lleno. Entonces nos pidió el dni a todos y se puso a registrarnos las carteras, ....con tan mala suerte que encontró una miniminichina que ni sabíamos que teníamos en la cartera. Entonces ya se puso a decirnos a todos que nos vaciaramos los bolsillos, que nos levantaramos la pierna del pantalón y bajaramos el calcetín pero no encontraba nada....ni siquiera encontró el resto del porro que íbamos fumando. Y en toncews se puso a mirar en la mochila de donde habíamos sacado esa cartera, MOCHILA QUE ESTABA EN EL MALETERO, y encontró un huevo de esos de kinder con un trocillo de hash (la cosa es que justo al lado había otro exactamente igual y a la vista perfectamente, pero ese no lo pilló, estoy seguro de que lo tuvo que ver..) El joven guardia (el chungo de la pareja, parecían sacados de airbag) me dijo henchido de orgullo: "...ay, mira que te pregunté si había más...." y seguidamente dijo: "bueno, no sigo buscando , no sea que empecemos a hablar de otras cosas...pero que sepas que te voy a denunciar...." Y acto seguido nos dijo que nos volviéramos ameter en el coche y se marchó a su coche a comprobar los dni´s o yo qué sé. Luego nos los devolvió y me volvió a decir que recordara que estaba denunciado. Pero no me dio ningún papel ni me hizo firmar nada.
En fin... esa es mi pequeña aventurilla. No sé que va a pasar, si me llegará la multa, de cuanto será, si se podrá recurrir....eso, que estoy muy perdido y algo nervioso, porque me han dicho que serán 300 euros y me cago en todo lo que se menea....
Pues eso amigos, que me gustaría que me orientase alguien que sepa de esto. A ver que se puede hacer....
Muchas gracias de antemano. Saludos de parte de María
sambarap
Y el caso es que ayer (30 de agosto de 2005) llegó la puta carta certificada, la cual he firmado el recibo. Y dice así :
ADMINISTRACION GENERAL DEL ESTADO
SUBDELEGACION DEL GOBIERNO EN GUADALAJARA
Departamento de sanciones administrativas
S/REF :
N/REF: 654/5
FECHA:18/08/2005
ASUNTO: ACUERDO DE INICIACION
(al lado lleva mi dirección y un sello azul encima que dice: SUBDELEGACION GOBIERNO GUADALAJARA
REGISTRO GENERAL SALIDA
85194067024798
24/08/2005 09:00:00
FULANO DE TAL )
Y este es el texto:
Vista la petición razonada contenida en el escritode la GUARDIA CIVIL DE COGOLLUDO, de fecha 15/04/2005, en la que se recogen una serie de hechos que pudieran ser constitutivos de infracción a la normativa vigente y de los que aparece como responsable, YO MISMO, se acuerda abrir expediente sancionador, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 69 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (B.O.E. nº. 285, de fecha 27 de noviembre), según la redacción dada por la Ley 4/99 de 13 de enero y lo dispuesto en los artículos 13 y siguientes del Reglamento del procedimiento para el ejercicio de la potestad sancionadora, conforme a lo siguiente:
Se ha recibido en esta Subdelegación del Gobierno denuncia de la Guardia Civil de Cogolludo en la que consta que el día 15.04.05, a las 21:00 horas,Ud. viajaba en el vehículo marca Lancia, matrícula M-XXXX-XX, por la CM-101/GU-150, portando en un recipiente de plástico, color naranja y amarillo que se encontraba en el interior de una mochila, un trozo de sustancia que, según los analistas del Área de Sanidad de la Subdelegación del Gobierno en Toledo, se corresponde con 3,96 gramos de HASCHISH
Tales hechos pueden ser constitutivos de infracción GRAVE, según dispone el artículo 25 en relación con el 30 de la Ley Orgánica 1/92, de 21 de febrero, sobre Protección de la Seguridad Ciudadana, que podrá sancionarse por la Delegación del Gobierno en Castilla -La Mancha, conforme a lo dispuesto en el ert. 28.1.a) y c) en relación con el 29.d) de la Ley Orgánica 1/92 de 21 de febrero, sin perjuicio de lo que resulte de la instrucción del procedimiento, con una multa de 300,51 a 6.010,12 Euros e incautación de la sustancia.
Para la tramitación del procedimiento ordinario, se nombra como Instructor a EL QUE SEA y como Secretaria a LA QUE SEA, quienes podrán ser recusados en los términos que prevén los artículos 28 y 29 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (B.O.E. nº. 285 de 27 de noviembre de 1992).
El órgano competente para resolver el presente expediente sancionador es el que se especifica en la Disposición adicional cuarta de la Ley 6/97, de 14 de abril, (B.O.E. nº 90 de 15 de abril) dictándose este acuerdo de iniciación de conformidad con el citado precepto, así como con lo dispuesto en el artículo 29.d) de la Ley Orgánica 1/92, de 21 de febrero (.B.O.E. nº 46 de 22 de febrero).
De conformidad con lo dispuesto en el art. 42.4 de la Ley 30 /92, según la redacción contenida en la Ley 4/99, le participo que a este procedimiento se le ha asignado el número de expediente arriba indicado y que su resolución deberá notificarse en el plazo de 6 meses establecido en el art. 42.2 de la indicada Ley, contado desde el día de la fecha en que se dicta el presente Acuerdo de Iniciación conforme dispone el art. 42.3.a), transcurrido el indicado plazo sin haber notificado la resolución por la que se finaliza el procedimiento ahora instruído, salvando, en su caso, los supuestos de suspensión previstos en el párrafo 5 de dicho artículo se producirá la caducidad del expediente con el consiguiente archivo de las actuaciones.
En cuanto a la droga intervenida, le informo que queda depositada en el laboratorio de análisis del área de Sanidad de la Subdelegación del Gobierno de Toledo.
Por último, le participo que podrá obtener información del presente expediente en el nº de teléfono, Fax, dirección y correo electrónico abajo indicados.
Finalmente le indico que Ud. puede reconocer voluntariamente su responsabilidad, lo que implicaría resolución del expediente con imposición de la sanción que corresponda.
Contra el presente acuerdo y en defensa de su derecho podrá formular cuantas alegaciones y documentos considere oportunos y a la audiencia en el procedimiento, proponiendo prueba, concretando los medios de que pueda valerse, en el plazo de QUINCE DÍAS, a contar del sigueinte al de esta notificación. En el supuesto de no presentar alegaciones, dentro del plazo establecido, el presente acuerdo podrá ser considerado Propuesta de Resolución.
EL SUBDELEGADO DEL GOBIERNO
Fdo: perico el de los palotes
Y esta es toda la carta que me ha llegado....Me gustaría que me orientaseis un poco,si puedo recurrir, si la cosa está chunga....En fin , os agradezco la ayuda de antemano.Espero vuestra respuesta ansioso y algo nervioso, pues la economía doméstica no está para muchas multas fruto de la incomprensión y de la doble moral de estas leyes......
Muchas gracias. Un saludo,
Sambarap
Soy sambarap
Estoy en un apuro y querría saber si me podeis orientar
El 21 de abril escribí un tema en el foro titulado ME PILLARON !!! que decía así:
Hola gente. Os cuento mi problema. A ver si me podeis ayudar:
el otro día ibamos por la carretera, por algún lugar de españa, y nos paró la guardia civil, en un control rutinario de esas de a la vuelta de la rotonda...El caso es que íbamos fumando y no nos dio tiempo a ventilar el coche. , y claro... al abrir la ventana el amable agente se debió coscar. Le dio de lleno. Entonces nos pidió el dni a todos y se puso a registrarnos las carteras, ....con tan mala suerte que encontró una miniminichina que ni sabíamos que teníamos en la cartera. Entonces ya se puso a decirnos a todos que nos vaciaramos los bolsillos, que nos levantaramos la pierna del pantalón y bajaramos el calcetín pero no encontraba nada....ni siquiera encontró el resto del porro que íbamos fumando. Y en toncews se puso a mirar en la mochila de donde habíamos sacado esa cartera, MOCHILA QUE ESTABA EN EL MALETERO, y encontró un huevo de esos de kinder con un trocillo de hash (la cosa es que justo al lado había otro exactamente igual y a la vista perfectamente, pero ese no lo pilló, estoy seguro de que lo tuvo que ver..) El joven guardia (el chungo de la pareja, parecían sacados de airbag) me dijo henchido de orgullo: "...ay, mira que te pregunté si había más...." y seguidamente dijo: "bueno, no sigo buscando , no sea que empecemos a hablar de otras cosas...pero que sepas que te voy a denunciar...." Y acto seguido nos dijo que nos volviéramos ameter en el coche y se marchó a su coche a comprobar los dni´s o yo qué sé. Luego nos los devolvió y me volvió a decir que recordara que estaba denunciado. Pero no me dio ningún papel ni me hizo firmar nada.
En fin... esa es mi pequeña aventurilla. No sé que va a pasar, si me llegará la multa, de cuanto será, si se podrá recurrir....eso, que estoy muy perdido y algo nervioso, porque me han dicho que serán 300 euros y me cago en todo lo que se menea....
Pues eso amigos, que me gustaría que me orientase alguien que sepa de esto. A ver que se puede hacer....
Muchas gracias de antemano. Saludos de parte de María
sambarap
Y el caso es que ayer (30 de agosto de 2005) llegó la puta carta certificada, la cual he firmado el recibo. Y dice así :
ADMINISTRACION GENERAL DEL ESTADO
SUBDELEGACION DEL GOBIERNO EN GUADALAJARA
Departamento de sanciones administrativas
S/REF :
N/REF: 654/5
FECHA:18/08/2005
ASUNTO: ACUERDO DE INICIACION
(al lado lleva mi dirección y un sello azul encima que dice: SUBDELEGACION GOBIERNO GUADALAJARA
REGISTRO GENERAL SALIDA
85194067024798
24/08/2005 09:00:00
FULANO DE TAL )
Y este es el texto:
Vista la petición razonada contenida en el escritode la GUARDIA CIVIL DE COGOLLUDO, de fecha 15/04/2005, en la que se recogen una serie de hechos que pudieran ser constitutivos de infracción a la normativa vigente y de los que aparece como responsable, YO MISMO, se acuerda abrir expediente sancionador, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 69 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (B.O.E. nº. 285, de fecha 27 de noviembre), según la redacción dada por la Ley 4/99 de 13 de enero y lo dispuesto en los artículos 13 y siguientes del Reglamento del procedimiento para el ejercicio de la potestad sancionadora, conforme a lo siguiente:
Se ha recibido en esta Subdelegación del Gobierno denuncia de la Guardia Civil de Cogolludo en la que consta que el día 15.04.05, a las 21:00 horas,Ud. viajaba en el vehículo marca Lancia, matrícula M-XXXX-XX, por la CM-101/GU-150, portando en un recipiente de plástico, color naranja y amarillo que se encontraba en el interior de una mochila, un trozo de sustancia que, según los analistas del Área de Sanidad de la Subdelegación del Gobierno en Toledo, se corresponde con 3,96 gramos de HASCHISH
Tales hechos pueden ser constitutivos de infracción GRAVE, según dispone el artículo 25 en relación con el 30 de la Ley Orgánica 1/92, de 21 de febrero, sobre Protección de la Seguridad Ciudadana, que podrá sancionarse por la Delegación del Gobierno en Castilla -La Mancha, conforme a lo dispuesto en el ert. 28.1.a) y c) en relación con el 29.d) de la Ley Orgánica 1/92 de 21 de febrero, sin perjuicio de lo que resulte de la instrucción del procedimiento, con una multa de 300,51 a 6.010,12 Euros e incautación de la sustancia.
Para la tramitación del procedimiento ordinario, se nombra como Instructor a EL QUE SEA y como Secretaria a LA QUE SEA, quienes podrán ser recusados en los términos que prevén los artículos 28 y 29 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (B.O.E. nº. 285 de 27 de noviembre de 1992).
El órgano competente para resolver el presente expediente sancionador es el que se especifica en la Disposición adicional cuarta de la Ley 6/97, de 14 de abril, (B.O.E. nº 90 de 15 de abril) dictándose este acuerdo de iniciación de conformidad con el citado precepto, así como con lo dispuesto en el artículo 29.d) de la Ley Orgánica 1/92, de 21 de febrero (.B.O.E. nº 46 de 22 de febrero).
De conformidad con lo dispuesto en el art. 42.4 de la Ley 30 /92, según la redacción contenida en la Ley 4/99, le participo que a este procedimiento se le ha asignado el número de expediente arriba indicado y que su resolución deberá notificarse en el plazo de 6 meses establecido en el art. 42.2 de la indicada Ley, contado desde el día de la fecha en que se dicta el presente Acuerdo de Iniciación conforme dispone el art. 42.3.a), transcurrido el indicado plazo sin haber notificado la resolución por la que se finaliza el procedimiento ahora instruído, salvando, en su caso, los supuestos de suspensión previstos en el párrafo 5 de dicho artículo se producirá la caducidad del expediente con el consiguiente archivo de las actuaciones.
En cuanto a la droga intervenida, le informo que queda depositada en el laboratorio de análisis del área de Sanidad de la Subdelegación del Gobierno de Toledo.
Por último, le participo que podrá obtener información del presente expediente en el nº de teléfono, Fax, dirección y correo electrónico abajo indicados.
Finalmente le indico que Ud. puede reconocer voluntariamente su responsabilidad, lo que implicaría resolución del expediente con imposición de la sanción que corresponda.
Contra el presente acuerdo y en defensa de su derecho podrá formular cuantas alegaciones y documentos considere oportunos y a la audiencia en el procedimiento, proponiendo prueba, concretando los medios de que pueda valerse, en el plazo de QUINCE DÍAS, a contar del sigueinte al de esta notificación. En el supuesto de no presentar alegaciones, dentro del plazo establecido, el presente acuerdo podrá ser considerado Propuesta de Resolución.
EL SUBDELEGADO DEL GOBIERNO
Fdo: perico el de los palotes
Y esta es toda la carta que me ha llegado....Me gustaría que me orientaseis un poco,si puedo recurrir, si la cosa está chunga....En fin , os agradezco la ayuda de antemano.Espero vuestra respuesta ansioso y algo nervioso, pues la economía doméstica no está para muchas multas fruto de la incomprensión y de la doble moral de estas leyes......
Muchas gracias. Un saludo,
Sambarap