pues para q leas un poko q veo q te cuesta y mira la fecha pq esto no es de ayer.-El caso Pannagh
10 junio 2009Sin ComentariosAutor: admin
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Aquí estamos de nuevo, intentado descifrar la actualidad jurídica alrededor del mundo de nuestra planta amiga y trasladarla a vosotros de una forma llana y sencilla, fuera de tecnicismos en la medida de lo posible. En el presente número vamos a tratar el acontecimiento más importante ocurrido en los últimos años, en relación con el cultivo de cannabis y con el movimiento antiprohibicionista cannábico. Es el caso de la asociación vasca Pannagh, liderada entre otros por mi gran amigo y compañero Martín Barriuso, a quienes les fue intervenido e incautado un cultivo colectivo de cannabis. Además, no solo no se conformaron con eso, sino que detuvieron a Martín y lo obligaron a pasar una noche en calabozos. Expuesto esto, a través de estas líneas analizaremos todos los aspectos jurídicos relevantes de este caso, desde la naturaleza jurídica de la asociación hasta la resolución tomada por los Tribunales.
¿Qué es Pannagh?
Aunque ya se ha escrito y comunicado sobre el tema, con el permiso de sus dirigentes, explicaremos la naturaleza de la asociación desde un punto de vista jurídico. Pannagh esta constituida como una asociación legal sin ánimo de lucro, con la forma conocida de club de catadores. En este club un grupo de gente usuaria de cannabis, en parte relacionada con un consumo terapéutico, como actividad fundamental de la asociación realiza un cultivo de cannabis colectivo para autoabastecerse y así alejarse del mercado negro. Actividad conjugada con las funciones que puede tener una asociación antiprohibicionista cannábica. Este tipo de asociación es totalmente legal e inscribible en el registro de asociaciones correspondientes. Pues, aunque se cultive y se consuma cannabis, la actividad no puede ni debe ser perseguida por las autoridades, ya que no entra dentro de ninguna prohibición, dado que el Código Penal no castiga los cultivos para consumir, ya sea de una persona o de un grupo de personas como es el caso. De acuerdo con lo ya explicado en números anteriores, tanto el consumo como el cultivo compartido de cannabis está permitido por la jurisprudencia.
Este tipo de asociación es una manera de normalizar el uso y consumo de cannabis, tal como lleva proponiendo Martín desde hace mucho tiempo. Tiene la ventaja que se inicia la actividad con un consentimiento implícito, ya que contiene en los estatutos un amparo del cultivo y un documento que acredita el consumo compartido de sus socios. Es una acción concreta de cultivo, planteada más allá de teorizaciones sobre lo que se puede hacer o dejar de hacer. Se toman las riendas por lo ciudadanos y no se está a la espera de respuestas políticas que nunca se llegan a dar.
Lo que nunca debería haber pasado.
En la cosecha del 2005, la policía local, tras una breve y maliciosa investigación, decidió intervenir el cultivo colectivo que tenía Pannagh. Para ello, solicitaron una orden de registro a la juez de instrucción que ese día estaba de guardia. La orden de registro fue concedida Esto es lo que pasa en todos los registros de cultivos que se inician por denuncia de vecinos, o por visionado de plantas por los agentes de las distintas fuerzas del orden, sin ningún indicio más; lo que supone una utilización del derecho penal desproporcionada en todos los casos, pero especialmente en este, en donde existe una asociación de la cual el Gobierno Vasco tenía conocimiento y la cual está legalizada. No debería haberse dado esta situación, más teniendo en cuenta que era una asociación conocida. Para más despropósito detuvieron a Martín, en vez de citarle en el juzgado directamente, dejándolo luego en libertad con cargos.
Esto no debería haber ocurrido, pues desde sus inicios la asociación declaró sus intenciones. Debería haberse buscado algún indicio de tráfico de drogas para poder actuar como se hizo.
Final casi feliz.
Por parte de los asesores jurídicos de la asociación se solicitó el sobreseimiento del caso, es decir que se archivara o cerrara por no existir ni siquiera indicios de delito. La juez de instrucción manteniéndose en sus trece, se trabó en su decisión de mantener los cargos contra los miembros de Pannagh. Afortunadamente, y basándose en la teoría del consumo compartido, la Audiencia Provincial decidió de forma coherente archivar el asunto y dejar en libertad sin cargos a los implicados. Pero, claro, a pesar de esta buena noticia de quitarle la tacha de criminalidad a los miembros de Pannagh, el daño ya estaba hecho. Se había privado de libertad injustificadamente a unos ciudadanos y se les había arrancado las plantas. Es decir, a pesar de expresarse en el auto que se libera de cualquier cargo a Martín y compañía, se les ha castigado.
Por parte de Pannagh, se ha solicitado a la administración la devolución de las plantas, esto dependerá de que se hayan conservado en buen estado, lo que dudamos, dado la práctica habitual de almacenamiento sin ninguna clase de condiciones. Eso en el caso de que no se hayan destruido, como suele ocurrir en la mayoría de las ocasiones. Si esto no es posible, el único camino será el solicitar a la administración una indemnización por el valor de las plantas incautadas, como explicaba el que suscribe en un artículo anterior de esta revista titulado “Corresponde pagar a la administración”.
La creación de clubes de catadores como forma de lucha.
Como indicábamos arriba y como anima Barriuso constantemente, la creación de clubes de catadores supone una herramienta de autoprotección de los cultivadores de cannabis, a través de una asociación legal. Esta forma jurídica tiene la ventaja que se sientan de antemano los requisitos de un cultivo no ilegal, no como en otros cultivos en donde esto se deberá demostrar en el procedimiento judicial que se habrá de soportar. Aún así, en el caso que relatamos aquí los miembros de Pannagh tuvieron que someterse a un proceso judicial, debido a la negligente actuación de las autoridades, siendo esto corregido por la decisión de la Audiencia Provincial. En todo caso la existencia de la asociación facilitó este resultado casi feliz. El hecho de que nos encontremos ante una asociación legal, la excluye de la clandestinidad típica de una organización delictiva dedicada al tráfico de drogas. Esta decisión de la Audiencia Provincial es un precedente. Aunque no supone una legalización de esta actividad en sentido estricto, con casos como este se podrá orientar las futuras decisiones de los jueces al respecto.
A partir del Auto de la Audiencia Provincial, aunque se hayan tenido que sufrir consecuencias por parte de unos ciudadanos inocentes, se abre una puerta para la creación de este tipo de organizaciones, que sin duda, junto con otras formas de presión, pueden ayudar a la tan ansiada normalización del cultivo y consumo de cannabis. En los próximos números explicaremos los requisitos y pasos a seguir para constituir una asociación de este tipo, e incluso para permitir dentro de las asociaciones cannabicas un cultivo colectivo con el que abastecer a sus socios.
Publicado por Hector Brotons en Soft Secrets 06 del 2006
pero si las plantas las arrancan cuando las intervienen x eso no entiendo k sentido tiene pedir algo k d entrada ya no tiene vida o x lo menos en la gran mayoria d casos las arrancan para cualkier persona es inimaginable k el propio juzgado te devuelva las plantas,yo lo mas k e visto sobre este tema es k al cultivador lo an dejado libre pero sin devolverle las plantas xk unos policias al entrar en un vivienda x otro motivo distinto se percataron k tambien abian plantas y lo k en un principio se convirtio en ayuda estuvo apunto d acabar en carcel no se si me e explicado bien pero nunca e leido sobre k las plantas las devuelvan,saludos