PILLADO

PIEDAD

Semilla
30 Noviembre 2006
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Hola a todo/as, tengo un amigo que le han pillado con MARIA y le han puesto una multa de 300 euros, como no paga se lo han reclamado via judicial. ¿Qué le puede pasar?
 

zarbel

Cogollito
25 Agosto 2004
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Près de la France
www.erowid.org
Se siguen las reglas del procedimiento recaudatorio en vía ejecutiva (arts. 93 y ss. de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre). El embargo se hará en los bienes previstos en el Art. 592 de la Ley de Enjuiciamiento Civil (cuentas corrientes, salarios...). Eso es lo que le pasará, salvo que se declare que es insolvente y no existen bienes suficientes para embargar, en cuyo caso esperarán a que venga a mejor fortuna para proceder a la ejecución de la sanción. Vamos, que pagará, tarde o temprano.
 
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