NEWS

Pequeña guía para recurrir multas por marihuana, en España

27 January, 2011, 17:05 PM
Facebook
Twitter
Pinterest
Email

images7España.- El artículo 25 de la “ley Corcuera” establece dos tipos de infracciones diferentes, es decir, hay dos tipos de conductas relativas a drogas tóxicas, estupefacientes o sustancias psicotrópicas por las cuales nos pueden sancionar: por un lado, si estamos en lugares, vías, establecimientos o transportes públicos y consumimos alguna de las sustancias ya mencionadas o, por otro lado, si estamos en alguno de los indicados lugares y aunque no estemos consumiendo existe una tenencia por nuestra parte de las referidas sustancias.

Pues bien, aunque no es exactamente lo mismo lo que se puede alegar si intentan sancionarnos por consumo o por tenencia (puesto que las circunstancias de dicha conducta y las formas de probarlo son diferentes), sí existen unas pautas comunes de actuación cuando ello ocurre.

¿Cuándo se entiende que nos denuncian?

La policía nos denuncia en el mismo momento en que detectan que se está produciendo una tenencia o un consumo de drogas, para lo cual toman los datos del presunto infractor (es lo que se conoce como acta de infracción o de aprehensión o de denuncia) y las circunstancias del hecho: lugar dónde ha ocurrido, aparente naturaleza de la sustancia aprehendida, peso de la misma y cualesquiera otras circunstancias que pudieran resultar de interés.

¿Tenemos que firmar esa acta?

No, aunque sí podemos exigir que nos den una copia de la misma.

¿Es recomendable exigir una copia del acta?

Esa acta, en todo caso, formará parte del expediente administrativo, por lo que más adelante podremos obtener copia de la misma. Lo que sí debéis tener en cuenta es que si exigís el acta la multa os va a llegar seguro, mientras que existen casos en los que al no exigir la copia, los papeles han acabado perdiéndose y no ha llegado a casa de los interesados multa alguna, puesto que las sustancias incautadas acabaron perdiéndose también. A buen entendedor…

¿Empieza el plazo para hacer alegaciones cuando me pillan?

No, eso ocurre en las multas de tráfico y siempre y cuando nos denuncien en persona. En nuestro caso tenemos que esperar a que llegue una carta a nuestra casa (el acuerdo de iniciación del expediente sancionador) y es en ese momento cuando se empieza a contar el plazo para hacer alegaciones, es decir, cuando firmamos el papelito rosa que va unido a las cartas certificadas.

¿Y si no estoy en casa y tengo que ir a correos a recoger la notificación?

Pues en ese caso el plazo empieza cuando lo recojamos en correos y firmamos dicha recogida.

¿Cómo se cuentan los plazos?

Si el plazo es de quince días, se entiende que éstos son hábiles, por lo que hay que contar como primer día el siguiente a aquel en el que firmemos la recogida de la carta, luego descontaremos los domingos y los festivos y así obtendremos el plazo de quince días (los sábados sí cuentan). Pongamos un ejemplo: si nos llegase una carta el 1 de marzo de 2002 (viernes) y nos dan quince días de plazo, el último día para presentar las alegaciones sería el 19 de marzo, puesto que empezaríamos a contar desde el 2 de marzo y nos saltaríamos los días 3, 10 y 17 de marzo (que son domingos). Probad a ver si os sale. Si el plazo es de un mes, que es el que dan para recurrir en alzada ante el ministro de Interior una vez que llega la resolución sancionadora, no se cuentan treinta días sino que se computa de fecha a fecha, es decir, que si la carta llegase el 1 de marzo habría de plazo hasta el 1 de abril para presentar el recurso. La insistencia en el último día de plazo estriba en que, una de las formas más seguras para quitarse las multas, es conseguir que la Administración incumpla unos determinados plazos con los que cuenta: para ello será necesario que nosotros les ayudemos presentando nuestras alegaciones el último día posible.

¿Cómo se presentan las alegaciones?

Las alegaciones han de presentarse firmadas por el interesado, indicando la subdelegación del Gobierno a la que vanSexy Police Coloured by AEIFSdirigidas y el número de expediente. En el próximo número pondremos un modelo de alegaciones. Lo que sí interesa resaltar ahora es que debéis llevar una copia de lo que vais a presentar para que os la sellen y quede constancia de que habéis presentado esas alegaciones y la fecha de dicha presentación.

¿Dónde se presenta?

Si vivís en la capital de provincia lo podéis hacer en la propia subdelegación del Gobierno. También en correos a través de carta certificada dirigida a la subdelegación donde se tramite la multa. En correos están obligados a sellaros la copia, puesto que es una carta dirigida a una administración pública. También se puede presentar en una comisaría de Policía o un cuartel de la Guardia Civil. Esta última posibilidad no es muy corriente, pero no se pueden negar a ello, además de ser un remedio muy socorrido, puesto que como están abiertas las 24 horas la podemos presentar en cualquier momento del último día, mientras que en correos o en una subdelegación cerrarán, en el mejor de los casos, a primera hora de la noche.

¿Da igual si las alegaciones van dirigidas a la subdelegación de otra ciudad?

Efectivamente. Por ejemplo, tú puedes vivir en Cuenca (que es donde te llegarán las cartas) y si te pillaron en Jaén, las alegaciones irán dirigidas a la subdelegación del Gobierno en Jaén, aunque circunstancialmente el último día del plazo te pille en un pequeño pueblo de Albacete, por lo que te dirigirás al cuartel más próximo de la Guardia Civil, donde presentarás tus alegaciones y te sellarán la copia.

¿Hace falta abogado o procurador para hacer las alegaciones?

Mientras sean alegaciones o recursos a una subdelegación o al ministro de Interior, no es preceptivo, porque en ningún momento os estáis dirigiendo a un juzgado o tribunal.

En primer lugar, y además de comprobar que los datos se corresponden con los nuestros, hay que fijarse qué es lo que nos están notificando, es decir, habrá que comprobar que la carta que nos ha llegado es el acuerdo de iniciación y no la propuesta de resolución o la resolución sancionadora: estas alegaciones están pensadas para la primera carta que se recibe, esto es, el acuerdo de iniciación. Bajo tan rimbombante nombre lo que acuerdo de iniciación significa es que a la correspondiente subdelegación del Gobierno (o dirección insular, u otra) le ha llegado una denuncia de alguna de las fuerzas y cuerpos de seguridad y van a iniciar un expediente administrativo a fin de comprobar si la denuncia es cierta y, si así lo fuera, imponer la sanción correspondiente.

Por tanto, éste es el primer momento en el que la Administración se dirige a nosotros a fin de que digamos si la denuncia es cierta o no, si estamos de acuerdo con la cantidad que, en su caso, nos impondrían como multa y si deseamos la práctica de algún medio de prueba.

Tal y como podéis comprobar en el modelo de acuerdo de iniciación que ofrecemos, en el mismo se indica la subdelegación tramita el procedimiento y el número de éste (arriba a la derecha: Expediente núm. 99/…), por lo que nuestras alegaciones irán dirigidas a dicha subdelegación (en el caso del ejemplo, la de Málaga) y harán referencia al número del expediente.

Igualmente, podemos cambiar nuestro domicilio (por ejemplo, porque no queremos que se enteren nuestros padres que tenemos esta multa o porque el domicilio que consta en el DNI ya no es el nuestro). Para ello, además de indicarlo al principio de nuestras alegaciones, también lo remarcaremos al final de las mismas (tercer otrosí digo), para evitar que, por descuido, no se den cuenta de que no queremos que las cartas nos las manden al mismo domicilio donde ha llegado la primera.

En cuanto a lo que es el fondo de las alegaciones, lo primero que hay que hacer es negar los hechos, ya que si no los negamos ya no hay nada más que hacer, puesto que nosotros mismos estamos reconociendo la realidad de la denuncia. Por ello no sirven expresiones del tipo: “fumar no es un delito”, “es injusto esta denuncia porque lo que tenía era para mi consumo” y “si todo el mundo fuma”, expresiones éstas que tendrán cabida en el marco de una lucha política pero no en el de unas alegaciones de contenido jurídico.

Además, al negar los hechos obligamos a que la subdelegación remita nuestras alegaciones a los agentes que nospusieron la denuncia, a fin de que la ratifiquen o no. Esto abre dos posibilidades: por un lado, cabe que no ratifiquen 27541 117869388255949 4052 n2la denuncia o lo hagan defectuosamente, lo que nos servirá para impugnar la sanción que nos quieran imponer; por otro lado, al enviar la subdelegación nuestras alegaciones a la fuerza denunciante, conseguimos retrasar el procedimiento, puesto que dicha ratificación supone, indudablemente, el transcurso de cierto lapso de tiempo, lo cual nos viene maravillosamente para intentar anular la sanción por la caducidad del procedimiento. La caducidad del procedimiento, de la que ya hablaremos, consiste, resumidamente, en que desde la fecha que aparece en la primera carta (no cuando la recogemos), esto es, 27 de octubre de 1999, hasta que firmemos la recogida de la tercera carta (la resolución sancionadora), no pueden pasar más de seis meses, por lo que, en nuestro caso, si la resolución sancionadora la notificasen más allá del día 27 de abril de 2000, nos tendrían que quitar la multa. Por último, destacar que si no hacemos alegaciones al acuerdo de iniciación, la segunda carta (propuesta de resolución) no nos la mandan, sino que llega directamente la tercera (resolución sancionadora), por lo que, en cuanto a la caducidad del procedimiento, esta vía no sería factible, pues nunca pasarían los seis meses.

Fuente MarihuanaLegal

Compartir Post:

Publicación relacionada

19 Responses

  1. i que es lo que tengo que poner? me ha llegado la primera carta con fecha del 6 de junio..

  2. Hola a mi me pillaron con 8 bolsitas,cada una levaba 1.5g unos 12g en total,paso en la estacion de valladolid pero yo vivo en murcia y la carta me va a llegar en palencia,eran lo de la nacional y les explique que era para concumo propio y me dijeron que me harian una denuncia por posecion,en la denuncia pone la cantidat que llevaba (8 bolsitas de marihuana) en el articulo pone 25 y en el apartado no pone nada tambien la e firmado
    ¿QUE ME PUEDE PASAR Y QUE DEBO HACER? gracias.

  3. HOLA, QUERÍA DECIR QUE BUSCANDO INFORMACIÓN SOBRE COMO RECURRIR ESTAS MULTAS, EN TODAS PARTES VEO QUE DICEN DE HABLAR SBRE EL THC Y TRATAR DE SACAR ALGO DE AHÍ, PERO CADA VEZ QUE ME ENCUENTRO CON UNA DE ESTAS, EL MINISTERIO DEL INTERIOR CALCA SIEMPRE LA MISMA FRASE “EL THC NO DETERMINA EN ABSOLUTO LA PUREZA DE LA DROGA, SINO TAN SOLO SU MODO DE PRESENTACIÓN…. ES TOTALMENTE IRRELEVANTE LA DETERMINACIÓN DE LA PUREZA DE LA DROGA, PUES EL HACHIS ES UN PRODUCTO VEGETAL PRESENTADO EN SU ESTDO NATURAL Y EN EL QUE LAS SUSTANCIAS ACTIVAS -EL THC EN CONCRETO – ESTÁ INCORPORADA A LA PROPIA PLANTA… LA RIQUEZA DEL HACHIS NO HA DE RELACIONARSE CON SU CONTENIDO EN THC… EL HACHIS NO DEJA DE SERLO POR QUE CONTENGA MENOS THC.

    CÓMO SE PUEDE IR CONTRA ESTO? ALGUNA SENTENCIA? ALGÚN ESTUDIO QUE PODAMOS CITAR

    GRACIAS

    1. Si encuentras que decir para recurrir la multa podrias informarme que para pagar a esos hijos de puta no tengo dinero

  4. Hola buemas aver si me podeis ayudar un pokito e envviado ya la carta pcn las alegaciones y todo y m an contestado k n m la quitam k siguen adelante cn la multa d 2 gramos de maria y m dice k tengo otros 15 dias para enviar otra carta k les puedo poner o ejemos d segundas cartas para ponerled espero repuedtasgracias

  5. Hola el otro dia me paro la secreta en zaragoza y me registro tanto a mi como a mi hermano el caso es que como ya habia tenido otra experiencia con la policia en este tema al encontrarme la marihuana vi que mis datos los copian en un bloc de notas nada de papel oficial y ni me dieron copia ni me dijeron de firmar ni nada se quedaron la bolsa claro y les pregunte si llegaria algo y dijeron que quizas si. Como podria recurrir esto si llega la carta? La verdad no entiendo esta manera de hacer las cosas por su parte por la mia le di la bolsa i mi hermano tambien le encontraron y ademas siendo menor daran el parte a mi ya que se lo pedi yo tambien se podria recurrir lo suyo?? Gracias d antemano!

    1. Si te contestan avisa, que me a llegado una multa y no me interesa pagar a esos hijos de puta.

  6. Tengo 25 años,y en noviembre ,con otros amigos en la calle nos paró la policía y nos quitó 0,42 gramos de canabis.El día 24 de marzo,nos llegó el comunicado de multa de 300 euros.Y el comienzo del procedimiento.Creo que no me valdrá de nada negarlo en el recurso,¿no será mejor decir como así era que era la primera vez,que lo llevábamos para cosumir en casa y así ir agotando plazos?

  7. ¿Porque no se llama a las cosas por su propio nombre?.Cuando detiene a alguien la autoridad parece que intentan vacilarte o hay que llevar un diccionario no sabria como definirlo por ejemplo CASTELLANO(o el idioma que sea)Pues como digo CASTELLANO-ARGOT CALLEJERO,pues te preguntan ¿llevas algun POLLO? la respuesta idonea seria NO a estas horas estan las carnicerias cerradas.
    Oye ¿para que es esa CACHABA,pues no se señor agente yo soy payo y utilizo baston,lo otro me suena a algo gitano(sin animo de ofender)

  8. Alguien me puede ayudar , mi marido con cancer crónico incurable se fumaun porro de marihuana ( le ayuda a comer y quitar náuseas ) en el parque mientras juega El Niño , y le han multado . Quiero recurrir la pero no se cómo escribirla, ya que estaba en un parque

  9. Hola buenos días en. Noviembre de el 2014 le An puesto una multa a mi chica por llevar 0,80g de hachis y a tenido una cita oi en la comisaría Ai l an dado una carta diciendo el motivo de la multa la cantidad y la fecha y que tiene 15 días para alegar algo en su favor si no lo hace la multa será de 501 euros , alguien podría decirme que podría alegar ya que es joven de 19 anos y no está trabajando entonces se le hace bastante complicado oagar dicha Sandino muchas gracias y un saludo

  10. Hola buenas, tengo un problema muy grande y es que me paro la policía con dos amigos y uno llevaba 2,7g. Pues resulta que se han equivocado y me han multado a mi (yo no tenía nada), nose como voy a poder recurrir una cosa así, tendré que mencionar a mi amigo que era el que llevaba la sustancia y que le multen a el porque no va a pagarme a mi ningún euro, así que yo no voy hacerme responsable. Gracias y ayudarme porfavor

  11. Buenas , soy miguel de 18 años , ayer estaba en un bajo que tenemos entre unos cuantos amigos basicamente para echar porros sin que la policia te moleste ,el caso es que estabamos 7 amigos tranquilamente hablando ,ninguno estaba fumando en ese momento, cuando derrepente 4 policias entraron en el bajo sin permiso , entonces aquellos que llevaban algo de yerba encima lo escondierom como pudieron , yo en mi caso no llevaba nada encima por lo que no tuve que esconder nada , despues de registrar el bajo de arriba a abajo solo encontraron dos bolsitas de menos de un gramo cada una , justo antes de marcharse uno de los policias me señalo a mi y a otro amigo y dijo que nos iva a meter la multa a nosotros , nos eligio totalmente al azar dado que con toda su polla me fue a escoger a mi que era el unico de todo el bajo que de verdad no llevaba nada , por lo que no me quiero comer la multa y me niego a pagarla y me gustaria que alguien me aconsejara como recurrir la multa para no tener que pagar 300 euros o mas ya que con 17 años ya me habian puesto otra multa

  12. Buenas, mi problema es sencillo, me han pillado solo una vez con solo un porro y siendo menor, colaboré en dárselo y estaba escondido en la riñonera, no iba fumandomelo, estaba escondido y encima no estaba ni liado, serían 0,3 o 0,2 g. ¿Me llegará?
    ¿y si me llega que es lo primero que debería hacer para recurrirla? Porque no veo justo que 20 amigos mios se estuvieran liando un pitillo y que me digan a mi solo que me saque todo lo que tenga, y ni siquiera estaba enseñándolo. Ayuda por favor que no tengo ni idea y mis padres me van a reventar la vida que no tienen dinero para pagar nada ahora mismo.

  13. hola me llego una multa de una colilla apagada en suelo del coche del copiloto pues ahora me llega la multa de una colilla con0,46 mg de cannabis esto es muy grande país de gente con clase uffff por favor enlace para rellenar y recurir este robo o una ayuda la verdad vendría bien

  14. Hola, me ha llegado una multa de hace 11 meses, me cogieron por la calle con 0.64 g de marihuana y me piden 601 euros, y si en menos de 2 años te cogen otra vez se supone que son 10.000 euros de multa, hace dos meses me quitaron medio porro casi una colilla en un parque y el policia local de mierda estuvo de muy malas maneras y mirandome los antecedentes y se lo llevó, me puede llegar un multón por esa mierda? me cago en toda la raza política y en la policia local de Elche

Leave a Reply to Ruff1an Cancel reply

Your email address will not be published. Required fields are marked *

SUSCRÍBETE A NUESTRO BOLETÍN

Ingrese su dirección de correo electrónico y reciba actualizaciones de La Marihuana.

te podría gustar

Publicación popular