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Ratifican despenalización de tenencia cuando no afecta a terceros

22 March, 2011, 9:55 AM
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Misiones, Argentina.- La Cámara Federal ratificó la despenalización de la tenencia de drogas para consumo personal cuando se mantiene en el “ámbito de autonomía” del usuario y no se afecta a terceros, al confirmar el sobreseimiento de un joven.

La resolución la tomó la Sala II del tribunal de apelaciones al confirmar un fallo de primera instancia dictado por el juez federal Sergio Torres quien sobreseyó al imputado cuya identidad no se revela en virtud del alcance de la sentencia.

En un fallo de tres carillas, los camaristas Horacio Cattani y Martín Irurzun (el tercer integrante de la Sala, Eduardo Farah, no firmó por hallarse en uso de licencia) se remitieron al antecedente en ese sentido dictado por la Corte Suprema de Justicia en el denominado “caso Arriola”.

Allí ordenan a los jueces que analicen “las circunstancias del caso que se trata a fin de determinar si la tenencia de estupefacientes para uso personal que constituye el objeto del proceso se realizó en circunstancias o condiciones tales que no aparejaban peligro concreto o daño a derechos o bienes de terceros”.

 

Los hechos juzgados ocurrieron el 23 de septiembre de 2010, minutos antes de las 17.30, cuando efectivos policiales observaron que “el imputado conducía una motocicleta por la intersección de la Avenida Córdoba y la calle Godoy Cruz” quien el advertir la presencia de los uniformados “comenzó a zigzaguear entre los vehículos que circulaban”.

“Ante esa actitud, fue interceptado y requisado, secuestrándole un envoltorio con una escasa cantidad de marihuana” dijeron los magistrados en base al informe policial confirmado por las pericias practicadas en la sustancia secuestrada.

Los camaristas afirmaron que “ni en la versión que dio la policía respecto de la situación narrada, ni en el sumario de prevención, hay alguna referencia que indique que esa droga no era para consumo personal” y tuvieron en cuenta, además, “la escasa cantidad de marihuana incautada y la forma en que estaba acondicionada es compatible con el tipo penal aplicado”.

“De tal modo, las circunstancias en que se desarrolló esa conducta conducen a afirmar que el hecho se mantuvo en el ámbito de autonomía personal del nombrado sin poner en riesgo el bien jurídico tutelado” por la ley de drogas, sostuvieron los jueces quienes resolvieron “confirmar la resolución apelada en todo y cuanto decide y ha sido materia de recurso”.

Fuente Ruta101

 

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