NEWS

Un caso de marihuana y amistad

29 September, 2011, 22:19 PM
Facebook
Twitter
Pinterest
Email

culosArgentina.- Un joven que fue detenido con 80 gramos de marihuana, fue absuelto por la Justicia: el acusado aseguró que era para “compartirla” con cinco amigos y la jueza consideró que era para “consumo personal”.

Tras la detención y el decomiso de la droga, el joven del joven de 23 años había sido imputado y procesado por “infracción a la Ley 23.737”, que establece un régimen de penalidades por la tenencia, suministro y tráfico de estupefacientes.
Aunque un fiscal de La Plata pidió que lo sometieran a juicio oral y público, el diario El Día de la capital bonaerense informa que el requerimiento no prosperó y el acusado fue absuelto de culpa y cargo.
Según fuentes tribunalicias, en la causa se probó que la sustancia incautada iba a ser “dividida en partes iguales entre el aprehendido y cinco amigos de una pensión del centro platense”, todos estudiantes universitarios, por lo que a cada uno le iban a tocar unos 13 gramos aproximadamente.
Por tal motivo, al analizar el planteo del fiscal Juan Cruz Condomí Alcorta, que consideró al detenido como autor del delito de “tenencia de estupefaciente”, la jueza de Garantías Marcela Garmendia entendió que se trataba de una cantidad destinada para “consumo personal”.
En esa línea, la jueza consideró que “respetando estos postulados en nuestro Derecho Penal, entiendo como exigencia de la tipicidad el principio de lesividad, que sólo justifica la intervención del Estado, debiendo excluirse del ámbito penal las bagatelas o afecciones insignificantes”.
“Por todo lo dicho se desprende que poseer droga con destino a su ‘uso personal’ deviene como conducta atípica por ausencia de lesividad, en tanto no se verifica la lesión o puesta en peligro de ningún bien jurídico total o parcialmente ajeno. En consecuencia resulta amparado por la garantía constitucional de no injerencia del estado en ‘actos privados’ de los ciudadanos”, destacó la jueza Garmendia.
Ante esa situación, declaró la inconstitucionalidad del artículo 14 segundo párrafo de la ley 23.737 -la pena será de un mes a dos años de prisión cuando, por su escasa cantidad y demás circunstancias, surgiere inequívocamente que la tenencia es para uso personal y sobreseyó en forma total al acusado.3362962 retrato de cinco j venes saltando en el lago al mismo tiempo

Del fallo se desprende que el detenido y sus amigos habrían puesto 50 pesos cada uno para adquirir la droga y que así lo hicieron “porque es de público conocimiento que un consumidor intenta hacerse de una buena cantidad a la hora de efectuar la adquisición por los riesgos que la misma genera”, señaló el defensor del joven.

Fuente Taringa

Compartir Post:

Publicación relacionada

2 Responses

  1. mmmmmmm interesante caso!! se salvo por poco ese chico.
    en cambio aqui en colombia sigue siendo ilegal, pero hay que estar en mala racha si te procesan
    por que si te llegan a atrapar aqui con 80 gr sales bien librado con 10 dolares de tu bolsillo. que es para el almuerzo de los “cerdos” (policias).

    1. Parcero se tiene q informas mas, en Colombia esta permitido la dosis personal, “Es dosis para uso personal la cantidad de marihuana que no exceda de veinte gramos (20); la de marihuana hachís que no exceda de cinco gramos (5); de cocaína o cualquier sustancia a base de cocaína que no exceda de un gramo (1) y de metacualonaque no exceda de dos gramos (2). No es dosispara uso personal, el estupefaciente que una personalleva consigo, cuando tenga como fin su distribución o venta, cualquiera que sea su cantidad”.

Leave a Reply to Nicolasg-s Cancel reply

Your email address will not be published. Required fields are marked *

SUSCRÍBETE A NUESTRO BOLETÍN

Ingrese su dirección de correo electrónico y reciba actualizaciones de La Marihuana.

te podría gustar

Publicación popular