Argentina. Para la Cámara Federal no es delito cultivar mari

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Semilla
1 Octubre 2008
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El tribunal consideró que “no encuadra en una figura penal” la producción de esa droga para consumo personal. Lo dispuso para dos acusados a los que se les secuestró cuatro macetas con cannabis sativa
La Sala I de la Cámara en lo Criminal y Correccional Federal confirmó el fallo que sobreseyó a dos imputados por cultivo de droga para consumo personal y declaró inconstitucional la norma que castiga esa figura.
Se trata de una causa en la que secuestraron a los imputados cuatro macetas, cada una de ellas con una planta de cannabis sativa lineo -marihuana- (con un peso total de 75,12 gramos), una bolsa de tierra fértil, una lámpara de calor alógena y un rociador “con un líquido transparente”.
Según informa el sitio del Centro de Información Judicial, para el tribunal, “la cantidad y las circunstancias que rodearon el hecho permiten afirmar que el cultivo o siembra de la marihuana encontrada era para consumo personal”.
Frente a ello, la cámara declaró la inconstitucionalidad del artículo 5°, inciso a, anteúltimo párrafo, de la Ley 23.737 y confirmó el fallo que sobreseyó a los imputados “por no encuadrar su conducta en una figura penal”, atendiendo a la declaración de inconstitucionalidad anterior.
 
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