Hola, 25 kilos es CANTIDAD DE NOTORIA IMPORTANCIA, con aprehensión de la droga y procedimiento penal ante el Juzgado correspondiente. Es probable una condena por tiempo de TRES AÑOS Y UN DIA (artículo 369 en relación con el 368 del Código Penal) si no tiene antecedentes. Si tuviese antecedentes, que calcule de cuatro a cinco años de prisión.
En estos casos, es fundamental utilizar todos los recursos legales permisibles, sobre todo impugnar en la fase de instrucción los análisis del laboratorio y obligar a los técnicos de Madrid a que acudan al acto de la vista, cosa que muchas veces no ocurre y el Juez se ve obligado absolver por quedar desvirtuada la prueba fundamental, salvo que el detenido haya reconocido que la sustancia incautada es droga, en cuyo caso el Juez puede dictar sentencia condenatoria basándose en la declaración inculpatoria del propio acusado.