Buenas!!!!
CÓDIGO PENAL
El artículo 368 del Código Penal dice: “Los que ejecuten actos de cultivo, elaboración o tráfico, o de otro modo promuevan, favorezcan o faciliten el consumo ilegal de drogas tóxicas, estupefacientes o sustancias psicotrópicas, serán castigados con penas de prisión...”. Estas penas varían dependiendo del tipo de sustancia del que se trate.
LEGISLACIÓN
Alberto Castañeda, abogado de la firma Mariscal, Monereo, Meyer & Marinel-lo, expresa claramente a Ariadn@ que dice la ley: “Las personas que compran semillas, ya sea por Internet o en el propio establecimiento, y las usan para cultivar cannabis se arriesgan a incurrir en un delito contra la salud pública”.
Javier Hernández, portavoz del Plan Nacional sobre Drogas, asegura que no está penalizado el autoconsumo, pero sí el cultivo y la producción de cualquier tipo de droga. Sostiene que su cultivo es un delito con independencia del uso que se le dé a la planta.
Vamos a ver... aqui hay una contradiccion.......
Si esta permitido el autoconsumo como que no esta permitido cultivar tu propio producto destinado al autoconsumo???
Vale venga supongamos que nadie auto-cultiva... de donde hay que sacar el producto para el autoconsumo???? de los camellos? de las farmacias??
NO ENTIENDO NADA XDDD
a ver si alguien me explica que pasaria en el caso de que me pillara la poli con el armario lleno de plantitas
enga gracias!!
CÓDIGO PENAL
El artículo 368 del Código Penal dice: “Los que ejecuten actos de cultivo, elaboración o tráfico, o de otro modo promuevan, favorezcan o faciliten el consumo ilegal de drogas tóxicas, estupefacientes o sustancias psicotrópicas, serán castigados con penas de prisión...”. Estas penas varían dependiendo del tipo de sustancia del que se trate.
LEGISLACIÓN
Alberto Castañeda, abogado de la firma Mariscal, Monereo, Meyer & Marinel-lo, expresa claramente a Ariadn@ que dice la ley: “Las personas que compran semillas, ya sea por Internet o en el propio establecimiento, y las usan para cultivar cannabis se arriesgan a incurrir en un delito contra la salud pública”.
Javier Hernández, portavoz del Plan Nacional sobre Drogas, asegura que no está penalizado el autoconsumo, pero sí el cultivo y la producción de cualquier tipo de droga. Sostiene que su cultivo es un delito con independencia del uso que se le dé a la planta.
Vamos a ver... aqui hay una contradiccion.......
Si esta permitido el autoconsumo como que no esta permitido cultivar tu propio producto destinado al autoconsumo???
Vale venga supongamos que nadie auto-cultiva... de donde hay que sacar el producto para el autoconsumo???? de los camellos? de las farmacias??
NO ENTIENDO NADA XDDD
a ver si alguien me explica que pasaria en el caso de que me pillara la poli con el armario lleno de plantitas
enga gracias!!