plantas totales permitidas por persona???

Flopy

Semilla
31 Julio 2007
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Hola +me gustaria saber cuantas plantas son legales tener en total porpersona....nose haber si me podeis decir algo de esto si hay algo establecido,alguna ley??
que sanciones pueden apliccar???
 

yastaman

Semilla
11 Mayo 2006
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Vamos a ver. La situación legal del cultivo de marihuana es complicada. Existen dos vias de sanción que el Estado puede ejercer contra una persona: la administrativa y la penal.
La vía penal, que es aqulla por la que puedes acabar en la carcel, no ofrece mayores explicaciones que el siguiente art. 368.

"Los que ejecuten actos de cultivo, elaboración o tráfico, o de otro modo promuevan, favorezcan o faciliten el consumo ilegal de drogas tóxicas, estupefacientes o sustancias psicotrópicas, o las posean con aquellos fines, serán castigados con las penas de prisión de tres a nueve años y multa del tanto al triplo del valor de la droga objeto del delito si se tratare de sustancias o productos que causen grave daño a la salud, y de prisión de uno a tres años y multa del tanto al duplo en los demás casos".

En este artículo, el bien jurídico protegido es la salud pública, y lo que se penaliza es el tráfico. Por tanto, no cabe tener ni una ni 25 ni 293 plantas, lo que importa es para que se destinen esas plantas. En todo caso, el cultivo puede acarrear un proceso penal (juicio) al que pueden someter al cultivador para aclarar el fin de las plantas. Evidentemente al tener 3 plantas es más facil demostrart que son para consumo propio, pero si la policia tuviese alguna prueba de que esas tres plantas son efectivamente para traficar con ellas se podrá imponer una sanción penal.

La vía adminstrativa, que es una sanción económica yo no la conozco demasiado bien, por eso BASTARDA te informará mejor. Creo que la sanción se fundamenta en la Ley Corcuera, cosa que no acabo de comprender.
 

BASTARDA

Semilla
22 Junio 2007
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vaya yastaman, muy buena explicación....

ratificando lo explicado por yastaman, continuo lo que le falta: la responsabilidad administrativa.

Tienes razon al decir que no lo comprendes ya que es dificil de comprender, y es que la ley corcuera ademas de mal escrita es considerada por muchos inconstitucional...

la cuestion a partir del 92 con esta ley nos encontramos los fumadores de marihuana inmersos en una represión inaudita, metiendonos en una ley que pretende defender la seguridad pública, como si fumarte un porro pusiera en peligro la seguridad pública???

en la normativa se sanciona la tenencia y el consumo de marihuana en locales publicos y via publica... sin embargo nada dice del cultivo, a diferencia del tipo penal que si hace referencia a el, o del consumo en casa...


mi teoria (ojo mi teoria) es q la cultivar es una conducta "alegal", ya que la ley nada dice al respecto, sin embargo nos encontramos en la pratica sendas sanciones por el cultivo para consumo propio... creo que estas sanciones son un despróposito para el estado de derecho, uno de esos ejemplos en los que la gente carece de las garantias que como ciudadanos de un pais democrático deberiamos tener....

otro ejemplo es el hecho de que entren en tu casa, siempre con autorizacion judicial, por tres plantas, no hay inidicios que fundamenten que hay una conduta delictiva, por lo que la posible posterior sancion contiene un error en el porceso ab initio. Es algo parecido a la sentencia que hubo por haber registrado a un chico solo por las pintas no el registro no estaba ni justificado ni motivado, y aunque le encontraron porros, el juex decidio absolver porque la intervencion de la sustancia incautada se habia realizado sin las garantias constitucionales ... un perla de sentencia...

el caso es que si te lo curras, si nos lo curramos y si tenemos la suerte de dar con un juez con conocimientos de derechos e imparcial, que yo no lo quiero ni fumeta ni nada, lo quiero profesional, podríamos avanzar, pero es dificil....

bueno pajas juridicas aparte, en la práctica la tenencia y el consumo es ilegal, y sancionable con una multa de 300 euros minimo y 30 000 euros maximo, que si la policia te ve una planta pide una orden judicial, entran, te las pesan, se las llevan levantan acta, y el tiempo te llega una multa...

PD siento la parrafada....
 

BASTARDA

Semilla
22 Junio 2007
2.101
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NO.... pasa igual que con las plantas aunque la ley no diga nada si tu estas en tu balcon fumandote un peta y la poli pasa por alli y piensa que estas cometiendo un delito entrara en la casa, y como no es delito pero tienen que justificar su trabajo y la entrada en domicilio te pondrian una multa....

aunque yo creo q es factible recurrirla.... pero te aconsejo q no te asomes ni llames la atencion cuando te fumas un canuto en tu casa....
 

z0mbi

Semilla
16 Junio 2007
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Rectifico un poquito..

..SI el consumo en tu casa es tolerado, pero NO puedes poseer..
Hipocrisia de la ley..
Pero eso, en tu casa, no des el canto por el balcon por ejemplo como dice bastarda jej
 

ertioo

Semilla
30 Agosto 2007
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Por eso mismo, en lugares privados no es delito, ya que en tu casa no atentas contra la salud de otras personas.... Y si fumar en casa en principio no esta penado y la tenencia de maria si, como coño te piensas fumar un peta si no puedes tener maria????
 

z0mbi

Semilla
16 Junio 2007
606
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Como he dicho mas arriba..

.. hipocrisia de la ley (o del estado si prefieres)
Y mas que permitido, digamos que esta tolerado (aunque al final, vuelve a ser lo mismo)
 
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