El abogado de oficio no se nombra en estos casos, es sólo para los delitos o faltas (aunque en las faltas generalmente no te ponen abogado), es decir, para asuntos judiciales. En cuanto a los recursos, hay cantidad de modelos puestos por algunos foreros en éste y en otros foros, sólo hay que buscar el que encaje con el supuesto y rellenar los datos. No hace falta escribir El Quijote para presentar un recurso, basta con dirigirse al órgano sancionador en el encabezamiento, poner seguidamente el nombre, DNI y dirección, con la referencia de la sanción, y alegar lo que se estime conveniente, sin necesidad de escribir demasiado. Se pone la fecha, se firma y se entrega, guardándose una copia con el sello de entrada, como justificante de que se ha presentado el recurso. Suerte.