me an pasado un recurso parecido al q yo buscaba si os puede servir de algo. yo lo voy a enviar a ver si tengo suerte, sino probare con otro.
ADMINISTRACION GENERAL DEL ESTADO
SECRETARIA GENERAL
SECCION DE DERECHOS CIUDADANOS Y AUTORIZACIONES-ADMINISTRATIVAS
Etc..
D.___________ mayor de edad, con domicilio en_____________ de provisto de D.N.I. núm.___________________ , y en relacion con el Expediente Nº ____________ante esta Administración comparece y, como mejor proceda en derecho, DICE:
Que habiéndoseme notificado acuerdo de incoación de procedimiento sancionador en el expediente referenciado y, dentro del plazo legalmente conferido para formular alegaciones, comparezco en el mismo y por interesar a mi defensa formulo el siguiente escrito de
ALEGACIONES:
PRIMERA. Que efectivamente son ciertos los hechos expuestos en cuanto a que yo portaba el día referido una pequeña cantidad de haschísh de la que desconocía totalmente su peso, pero de la que he de resaltar la escasa entidad de la misma.
SEGUNDA. Quiero poner de relieve que en ningún momento me resistí a los requerimientos de los agentes y que llevaba la sustancia por considerar que con ello no estaba cometiendo infracción ni falta alguna pues es cierto que era la primera vez que la adquiría y me dirigía a mi domicilio con la intención de consumirla igualmente por vez primera.
TERCERA. Sabiendo que el consumo de drogas que no causan grave daño a la salud no es delito, entendía que podía circular con ella por la calle ya que no hice en ningún momento ostentación de la misma ni manifiesto público alguno al respecto hasta que expresamente fui requerido a ello por los agentes.
Al entender, que según reiterada Jurisprudencia de nuestro Tribunal Supremo los actos integrantes de autoconsumo, y entiendo que el llevarla a mi domicilio es uno de ellos, son atípicos, y por lo tanto impunes y subsistiendo dicha impunidad incluso después de la promulgación de la Ley Orgánica 1/92 de 21 de Febrero sobre protección de la Seguridad Ciudadana, no puedo comprender la existencia de este procedimiento sancionador, ya que no puedo concebir que el autoconsumo sea lícito y la tenencia para dicho autoconsumo ilícita, debiendo aplicarse en el presente caso el principio de " in dubio pro libertate" y dado que por la mera tenencia no se afecta a un bien jurídico en concreto no está justificada la incriminación de mi conducta, al no poderse producir una limitación a mi libertad individual.
Es decir, en la dialéctica libertad-salud, el legislador sacrifica en materia de drogas el primer derecho o bien jurídico en pro del segundo. Por ello, el daño eventualmente ocasionable por la droga en la salud ha de ser significativo. En aquellos casos en que no se haya constatado científicamente que el consumo de una sustancia causa un daño grave, el principio "in dubio pro libertate" y el de la ponderación de bienes exige la no incriminación de las conductas relacionadas con la indicada sustancia.
CUARTA. La impunidad del autoconsumo implica no sólo la posesión, sino la de todos los actos que, sin perjuicio de terceros, tengan como fin el propio consumo. Hablar de la impunidad del mero consumidor de drogas es sentar la impunidad de todos aquellos actos, no delictivos realizados y tendentes al autoconsumo de la sustancia.
QUINTA. Por todo lo expuesto considero y así solicito que se sirva decretar el archivo del expediente sancionador tramitado contra mi persona.
SEXTA. Si a pesar de todo lo aquí expuesto V.E. considera que debo ser sancionado acepto voluntariamente la sanción que se me pueda imponer, entendiendo que interesa resaltar cómo la sanción propuesta cuya cuantía asciende a la cantidad de 600 euros es desproporcionada para mis escasos recursos económicos, máxime cuando no existe reiteración ni reincidencia alguna por mi parte y sí un firme propósito de enmienda y voluntad de reforma personal que espero se vean refrendados con el archivo de las actuaciones.
En su virtud
SOLICITO a V.E. que teniendo por presentado este escrito se sirva admitirlo y previos los trámites reglamentarios oportunos tenga a bien proceder al archivo del procedimiento sancionador nº_________ incoado contra mí en virtud de los argumentos alegados, y en el supuesto de considerar que debe continuarse dicho procedimiento, tenga a bien decretar que la sanción que se me imponga sea motivada en relación con lo aquí expuesto y sea aplicado el principio de proporcionalidad recogido en el Art. 131.3 de la L.O. 30/92 de 26 de Noviembre.
Es Justicia que pido en _________ a 5 de Diciembre de 2005.