VAPORIZAR MARIHUANA: EL CHISTE PARA LOS FUMADORES

Mflecha

Gran Cogollo
25 Abril 2014
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¿Cuales serán las leyes aplicables a VAPORIZAR marihuana en el Uruguay?

Porque las normas para fumadores NO APLICAN.

Obviamente, tiene un vacío legal, que obviamente se convertirá en un teleteatro pseudocientífico, como el de considerar DE FACTO que el consumo de la DROGA ALCOHOL Y LA DROGA TABACO es UN TALENTO Y UNA VIRTUD con respecto al consumo de cualquier otro tipo de DROGAS, por lo cual se permiten la potestad de
vulnerar el art. 8 de la Constitución de la República Oriental del Uruguay que garantiza la IGUALDAD DE DERECHOS PARA TODOS LOS CIUDADANOS, sin discriminar raza, religión, sexualidad, ideología o droga que consuma.

Así que VAMOS A VAPORIZAR EN CUALQUIER LADO, mientras no se vulneren las disposiciones acerca de la responsabilidades laborales, de conducción de vehículos, etc. algo que no pueden realizar los fumadores ya que contrariamente a vaporizar, fumar tiene consecuencias para el entorno, por lo cual CORRESPONDE la limitación de fumar en lugares cerrados, etc.

Lo mas divertidos es ir a cualquier mutualista, centro de salud u hospital y ver en la vereda a medio pueblo vestido de blanco FISURADO FUMANDO TABACO, en contradicción con las normas y recomendaciones que quieren imponer a la población IMPUNEMENTE.

Lo mismo pasa con las DROGAS ILEGALES: si sinceraran el consumo de acuerdo
a los NÚMEROS VERDADEROS QUE BRINDAN LAS ESTADÍSTICAS, ASUMIENDO QUE ESOS números INCLUYEN MÉDICOS, LEGISLADORES, JUECES, POLICÍAS, EMPRESARIOS, HOMBRES PROBOS Y AMAS DE CASA, lo que probaría con EVIDENCIA que ¡EXISTE UN MERCADO RECREATIVO DE DROGAS!

Pero al parecer ES VERDAD QUE LA FORMACIÓN EN MATEMÁTICAS ES MUY MALA EN ESTE PAÍS,

o quizás hay algo que desconozco y los números para los HUMANOS no comprende a esta gente.

1974 - 31 DE OCTUBRE - 2016

42 AÑOS DE FASCISMO ANTIDROGAS INCONSTITUCIONAL

42 AÑOS DE LA LEY DE ESTUPEFACIENTES QUE VULNERA CONSUETUDINARIAMENTE LOS DERECHOS CONSTITUCIONALES Y HUMANOS DE LOS CONSUMIDORES DE DROGAS QUE NO SEA ALCOHOL, FÁRMACOS Y TABACO.

42 AÑOS DEL DECRETO-LEY 14294


HACE 43 AÑOS QUE LOS MIRAMOS ACTUAR:

HACE 43 AÑOS QUE LOS ESCUCHAMOS SANATEAR PSEUDCIENCIA QUE
A TRANSMUTADO DE ACUERDO A LAS CREENCIAS QUE LO DE LA CIENCIA
Y LA JUSTICIA SOCIAL Y LA IGUAL DAD DE DERECHOS GARANTIZADOS POR LA CONSTITUCIÓN NACIONAL.

Hace 43 años que estamos escuchando a personas que DICEN SER CIENTÍFICOS Y MÉDICOS, MENTIR DESCARADAMENTE SIN NINGÚN TIPO DE ESTUDIOS CIENTÍFICO REAL CON REVISIÓN SISTEMÁTICA DE SESGOS, nada mas las opiniones basadas en acuerdos de CONSENSO ENTRE BURÓCRATAS, POLÍTICOS Y POLICÍAS para GARANTIZAR LA PERSECUCIÓN DE CUALQUIER CIUDADANO CON LA EXCUSA DE

¡SALVARLO A EL Y A LA SOCIEDAD DE LA DROGA!

¿NO TIENEN VERGÜENZA DEL PAPELÓN QUE SIGNIFICA
QUE LA REALIDAD Y LA EVIDENCIA CIENTÍFICA CERTIFIQUE
QUE TODOS LOS DISCURSOS QUE HAN SANATEADO DESDE SUS
ORGANIZACIONES ANTIDROGAS Y JUNTAS NACIONALES DE DROGAS
ES PURA SANATA PSEUDOCIENTIFICA
DESTINADA A DAR CONSENSO A LEYES IMPUESTAS DESDE EL EXTERIOR?

¿democracia? ¿dónde?

EN EL PAÍS DE LOS BORRACHOS
SE VIVE UNA DICTADURA QUE VULNERA CONSUETUDINARIAMENTE
LOS DERECHOS CONSTITUCIONALES DE Cualquier CONSUMIDOR DE DROGAS QUE NO SEA ALCOHOL, TABACO O PSICOFARMACOS.

Aunque la constitución no establece el mandato de promocionar el alcoholismo ni el tabaquismo, y mucho menos de criminalizar a la competencia, desamparando a un mercado de consumidores, que sufrirán el daño especialmente las personas menos favorecidas, las minorías insertas en realidades complejas, los pobres sin título universitario, es decir, sin representación directa ante los poderes del estado, nuestros AMABLES LEGISLADORES y nuestros AMABLES MÉDICOS, continúan con su IDEOLOGÍA REPUBLICANA NORTEAMERICANA.


Artículo 8º.- Todas las personas son iguales ante la ley,
no reconociéndose otra distinción entre ellas sino la de los talentos o las virtudes.

¿ELEGIR EMBRIAGARSE CON VINO, WHISKY, CERVEZA, TABACO o PSICOFARMACOS
ES UNA VIRTUD O UN TALENTO RESPECTO A EMBRIAGARSE
CON MARIHUANA, COCAÍNA O ÉXTASIS?

Si el control Y REGISTRO de consumidores recreativos de cannabis y de los cultivadores
domésticos de cannabis es DE INTERES COMUN,
¿como no lo sería el control y registro de consumidores de alcohol y tabaco
dado que solo en los costos sociales NOS SUPERAN AMPLIAMENTE?

¿COMO NO PUEDO VIVIR MI CULTURA EXENTO DE LA
AUTORIDAD DE LOS MAGISTRADOS?

¡EXPLIQUESE CONSTITUCIONALISTA JURISPRUDENTE!

Pero explíquese con ESTUDIOS CIENTIFICOS SIN SESGO,
no con la opinión de los que cobran sueldo por sostener esta farsa pseudocientífica.




Este hilo está dedicado a la Arizer Solo, no dude en hacer cualquier pregunta sobre él también.

1) flujo de aire
- simplemente levante el tallo un poco mientras inhala el vapor LENTAMENTE durante unos segundos
- Conseguir un tallo diferente
- utilizar pantallas dobles para mejorar el flujo de aire

2) batería
- estar preparado, cargarlo durante una hora o dos antes de usar (4 horas para la carga completa)
- Obtener adaptador de alimentación de un solo de Arizer para que pueda usarlo mientras se está cargando

3) malas hierbas
- moler su mala hierba y poner alrededor de 1/3 completo y utilizar una pantalla
- para el hash, usted puede utilizar un chunk y vape muchas sesiones

4) temperatura
- preferencia personal de 3 ~ 5 y final con 6 o 7

1: 122F (50ºC)
2: 365F (185ºC)
3: 374F (190ºC)
4: 383F (195C)
5: 392F (200ºC)
6: 401F (205ºC)
7: 410F (210ºC)

Delta - 9 - tetrahidrocannabinol (THC)
Punto de ebullición: 157 * C / 314,6 grados Fahrenheit
Propiedades: Euforizante, Analgésico, Antiinflamatorio, Antioxidante, Antiemético

Cannabidiol (CBD)
Punto de ebullición: 160-180 * C / 320-356 grados Fahrenheit
Propiedades: Anxiolítico, Analgésico, Antipsicótico, Antiinflamatorio, Antioxidante, Antiespasmódico

Cannabinol (CBN)
Punto de ebullición: 185 * C / 365 grados Fahrenheit
Propiedades: Oxidación, producto, Sedante, Antibiótico

Cannabicromeno (CBC)
Punto de ebullición: 220 * C / 428 grados Fahrenheit
Propiedades: Antiinflamatorio, Antibiótico, Antifúngico

Cannabigerol (CBG)
Punto de ebullición: MP52
Propiedades: Antiinflamatorio, Antibiótico, Antifúngico

\ Alpha - 8 - tetrahidrocannabinol (\ alpha - 8 - THC)
Punto de ebullición: 175-178 * C / 347-352,4 grados Fahrenheit
Propiedades: Se asemeja a Delta-9-THC, Menos psicoactivo, Más estable Antiemético

Tetrahidrocannabivarina (THCV)
Punto de ebullición: <220 * C / <428 grados Fahrenheit
Propiedades: Analgésico, Eufórico

5) bong attacement
- Adjuntar su pipa favorita con Arizer Solo a través de un adaptador
6) apague el sonido cuando se enciende
- simplemente mantenga pulsado UP durante unos segundos mientras la unidad está encendida.

https://forum.grasscity.com/threads/arizer-solo-tips.1302357/TIPS ARIZER SOLO


http://muchosflecha.blogspot.com.uy/2016/12/vaporizar-marihuana-el-chiste-para-los.html
 
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VERGÜENZA INSTITUCIONAL

En un escenario DE ENORMES PREJUICIOS,
todas las personas profesionales universitarios, políticos, académicos, y demás hombres y mujeres probos QUE QUIERAN FUMAR MARIHUANA y no entre en su estrategia de vida DEJAR CONSTANCIA EN UNA LISTA ESTATAL DE SU CONDICIÓN DE CONSUMIDOR DE MARIHUANA la va a comprar en el MERCADO NEGRO ILEGAL.

Es decir, con vuestro registro CREAN LAS CONDICIONES PARA QUE UN POBRE DELINCA EXPLOTANDO ESE MERCADO, es decir, crean las condiciones para generarle antecedentes penales a una de las dos partes del acuerdo comercial: el que vende.

El que compra, y sobretodo si es rico, solo es un "enfermito" y va para la casa con un reto.

Esto pasa cuando combaten una CULTURA Y SU MERCADO durante 44 años con DESINFORMACIÓN MEDIÁTICA, PERSECUCIÓN POLICIAL, JUDICIAL Y SOCIAL
y luego para ARREGLAR SU MALA PRAXIS , QUIEREN ROBAR EL MERCADO A SUS LEGÍTIMOS DUEÑOS, LA CULTURA QUE LO SOSTUVO DURANTE ESOS 44 AÑOS CON SU VIDA Y SU LIBERTAD Y SU REPUTACIÓN,
solo para entregarlo a COMERCIANTES DROGONES PUDIENTES INDEXADO EN UNA LISTA NEGRA.

¿EXISTE LA VERGÜENZA INSTITUCIONAL O CAMBIANDO CARAS SE PUEDE SIMULAR EL BORRÓN Y CUENTA NUEVA?

No, IRKKA: haceme las cuentas de los resultados de 44 años de REPRESIÓN INSTITUCIONAL por la cual todos los consumidores recreativos de cierta edad TENEMOS UN PRONTUARIO POLICIAL y en su mayoría con contenidos obtenidos en indagatorias de dudosa legalidad.

http://www.elpais.com.uy/informacion/roballo-pais-se-vendera-marihuana.html

Por favor Señores Médicos, sírvanse hacer una fila por cada uno de sus DELITOS:
MALA PRAXIS
NEGLIGENCIA
IMPRUDENCIA
IMPERICIA
IRRESPONSABILIDAD
SIMPLE ESTUPIDEZ O BOBERA
INDIFERENCIA SOCIAL

Por lo que le han hecho a todos los perseguidos, presos, maltratados y muertos como consecuencia de ser consumidor recreativo de drogas y pertenecer a esa subcultura en condición de persona de bajos recursos desde 1972 y durante toda la vigencia de la ley ANTIDROGAS, que sin tratarlos o aún tratandolos, denunciaron a la policía para ser indagados y eventualmente presos.

Ya que la excusa es sanitaria, les creemos y consideramos todas estas actuaciones en realidad como la HISTORIA CLÍNICA que es, constituyendo en los hechos el delito de mala praxis por errores en la manipulación del paciente, como lo es una "indagatoria" por drogas: ¡pum! ¿quién te vende? ¡pum! ¿Con quienes consumis? ¡pum! si no haces la lista no salis ¡pum! todo ello sin la presencia de un médico o técnico responsable de la salud del paciente.

¿UNA MANERA MAS PERVERSA Y CRUEL PARA TRATARNOS NO SE LES OCURRIÓ?

¿Cuál es la diferencia entre error médico y mala praxis?

Para que haya mala praxis, debe haber culpa en la actuación del médico, mientras que el error médico puede ser por factores institucionales como burocracia, falta de políticas públicas adecuadas o errores humanos del personal médico.
A la hora de hablar de mala praxis médica, se deben abordar muchos conceptos para valorar debidamente cada caso. Según la doctrina, la culpa puede ser por negligencia, imprudencia o impericia. Y en los tres casos, es totalmente punible judicialmente.

LA NEGLIGENCIA MÉDICA

La negligencia médica se produce cuando el médico deja de cumplir con las normas que rigen su profesión. En este caso el médico omite conscientemente realizar un acto que le exige su deber funcional y se produce un daño que afecta la salud del paciente o acaba con su vida. Por ejemplo, cuando no consulta el expediente, donde se indica que el paciente es alérgico a una sustancia y se la aplica, produciéndole una reacción que le causa la muerte.

LA IMPRUDENCIA MÉDICA

La imprudencia, por su parte, se refiere a las acciones que realiza un médico o un profesional de la salud temerariamente; acciones que son objetivamente previsibles y pueden constituir un delito. La imprudencia es punible e inexcusable. Por ejemplo, la muerte de los neonatos en el Seguro Social, donde no existía indicación para la utilización del medicamento aplicado y sus posibles efectos adversos estaban documentados en el momento de la prescripción. Si la atención sanitaria que recibieron los bebés hubiese sido diligente, prudente y adecuada, se habrían evitado las muertes.

LA IMPERICIA

La impericia se refiere, como lo dice la palabra, a la falta de pericia del médico en su quehacer profesional, que puede ser por falta de experiencia, habilidad o conocimiento, lo que perjudica directamente al paciente. Éste sería el caso, por ejemplo, de un médico que ejerza la profesión sin estar diplomado o que no tenga la experiencia debida en una especialidad dada y cause daño o muerte al paciente que está bajo su cuidado.

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