Y un pequeño resumen para los que no tenemos esa revista?
pues para empezar, que el TSJ lo que hizo fue revocar una sentencia favorable de una audiencia provincial, cosa que ya por si sola apesta en el sentido político que supone, pues eso es lo que hace el TSJ, dar cuentas a quienes les han colocado ahí (leasé la banca también, por ejemplo, y la sentencia sobre la retroactividad de la devolución de las clausulas suelo)
en este sentido el estudio jurídico habla de las dos/tres últimas vías para recurrir que les quedan, que son presentar al TSJ (cosa que dicen haber hecho ya) un "incidente de nulidad de actuaciones" al entender que se vulneran derechos fundamentales, y luego ya si esto no prospera pues el recurso al Constitucional, y por último al tribunal de derechos humanos de Estrasburgo
eso por un lado, y por otro en cuanto a la sentencia en sí misma, donde se justifica precisamente en el gran número de socios de la asociación condenada, al entender que al ser tantos, el bien jurídico a proteger (que se supone es la salud pública - gran carcajada aquí), es difícil por no decir imposible de conseguir, y por lo tanto lo equipara al tráfico puro y duro
pero claro, como la ley queda a la interpretación del juez...pues eso. Si es del TSJ ya sabemos que ahí sólo entran los del "carné"...
no sé si habrá servido a modo resumen