Hola buenas me presento, soy Diego, tengo 21 años. Estoy bastante preocupado por la situación legal aquí en Chile ya que el fallo de la corte suprema dictaminó que el proceder policial (carabineros de Chile) estaria faltando a la autoridad al momento de decomisar las plantas de cannabis.
Por lo mismo la ley 20.000 que "tenia un vacío legal" con respecto a la ENTRADA POLICIAL AL RECINTO DE LAS PLANTACIONES O PLANTACION SIN ORDEN JURIDICA.
Ahora el fallo de la corte suprema lo confirma: "EL CULTIVO DE CANNABIS NO DEBE SANCIONARSE".
Incluso sin permiso del SAG (servicio agricola ganadero). Cabe destacar que esto NO es LEY, así que se debe tener encuenta que esto es una argumentación para el recurso de nulidad al momento de tener problemas con la ley y se debe demostrar que es para uso personal.
En resumen, dado mi humilde opinión... Acá el criterio esta cambiando, gente con más criterio tiende a pensar más abiertamente por ende el juez es el que siempre decide si te absuelve o te castiga. En Chile si o si bajo la tutela de la famosa LEY 20.000 el auto cultivo sige siendo un DELITO, el marco jurídico aun sige así para los policías, jueces, fiscales, defensores, demases. Acá el que decide es el Juez y yo creo que sí te toca un juez con CRITERIO suficiente y demostrando que NO ES PARA TRAFICO, esta demás decir que te absolvera de los cargos en tú contra. Así que chiquillos... Autocultivo es la mano, si eres sumamente descuidado y lo sabes... que no te pillen grameras, cosas que indiquen que traficas.
Esta demás decir que dejo este hilo para ver que es lo que piensan referente a esto que esta pasando en Chile.
Estamos avanzando, a paso lento pero firme! Saludos y que tengan un buen día!
Por lo mismo la ley 20.000 que "tenia un vacío legal" con respecto a la ENTRADA POLICIAL AL RECINTO DE LAS PLANTACIONES O PLANTACION SIN ORDEN JURIDICA.
Ahora el fallo de la corte suprema lo confirma: "EL CULTIVO DE CANNABIS NO DEBE SANCIONARSE".
Incluso sin permiso del SAG (servicio agricola ganadero). Cabe destacar que esto NO es LEY, así que se debe tener encuenta que esto es una argumentación para el recurso de nulidad al momento de tener problemas con la ley y se debe demostrar que es para uso personal.
En resumen, dado mi humilde opinión... Acá el criterio esta cambiando, gente con más criterio tiende a pensar más abiertamente por ende el juez es el que siempre decide si te absuelve o te castiga. En Chile si o si bajo la tutela de la famosa LEY 20.000 el auto cultivo sige siendo un DELITO, el marco jurídico aun sige así para los policías, jueces, fiscales, defensores, demases. Acá el que decide es el Juez y yo creo que sí te toca un juez con CRITERIO suficiente y demostrando que NO ES PARA TRAFICO, esta demás decir que te absolvera de los cargos en tú contra. Así que chiquillos... Autocultivo es la mano, si eres sumamente descuidado y lo sabes... que no te pillen grameras, cosas que indiquen que traficas.
Esta demás decir que dejo este hilo para ver que es lo que piensan referente a esto que esta pasando en Chile.
Estamos avanzando, a paso lento pero firme! Saludos y que tengan un buen día!