Vaya dos exagerados, mi querido garmaran y mi querido Miguelet, me alegro no haber sido vuestra hija, si no que miedo...
bueno bromas a parte debo corregiros unas cositas sobre derecho, q es por lo que digo que sois unos exagerados...
1- garmaran, no creo q por tener una pesa te metan en la cárcel, será por tener una plantación de marihuana, la pesa es un mero indicio de q vendes pero no es un delito en sí mismo. De todas formas además de la pesa suelen ser necesarios mas indicios, bolsitas, dinero suelto en la casa, dinero sin justificar, gente q entra y sale.... etc...
2. Miguelet querido ¿delito de encubrimiento? no hombre no hay delito de encubrimiento, te copio el art:
Artículo 451.
Será castigado con la pena de prisión de seis meses a tres años el que, con conocimiento de la comisión de un delito y sin haber intervenido en el mismo como autor o cómplice, interviniere con posterioridad a su ejecución, de alguno de los modos siguientes:
Auxiliando a los autores o cómplices para que se beneficien del provecho, producto o precio del delito, sin ánimo de lucro propio.
Ocultando, alterando o inutilizando el cuerpo, los efectos o los instrumentos de un delito, para impedir su descubrimiento.
Ayudando a los presuntos responsables de un delito a eludir la investigación de la autoridad o de sus agentes, o a sustraerse a su busca o captura, siempre que concurra alguna de las circunstancias siguientes:
Que el hecho encubierto sea constitutivo de traición, homicidio del Rey, de cualquiera de sus ascendientes o descendientes, de la Reina consorte o del consorte de la Reina, del Regente o de algún miembro de la Regencia, o del Príncipe heredero de la Corona, genocidio, delito de lesa humanidad, delito contra las personas y bienes protegidos en caso de conflicto armado, rebelión, terrorismo u homicidio.
Que el favorecedor haya obrado con abuso de funciones públicas. En este caso se impondrá, además de la pena de privación de libertad, la de inhabilitación especial para empleo o cargo público por tiempo de dos a cuatro años si el delito encubierto fuere menos grave, y la de inhabilitación absoluta por tiempo de seis a doce años si aquél fuera grave.
como veis para q exista ese delito debes realizar determinados actos tendentes a encubrir, estar en el salón de un vendedor de cannabis no es encubrir, ni de lejos.... es mas ni siquiera estaríamos ante un delito de omisión de denuncia, es decir no estas obligado a denunciar, os copio el art, porque son delitos diferentes:
Artículo 450.
1. El que, pudiendo hacerlo con su intervención inmediata y sin riesgo propio o ajeno, no impidiere la comisión de un delito que afecte a las personas en su vida, integridad o salud, libertad o libertad sexual, será castigado con la pena de prisión de seis meses a dos años si el delito fuera contra la vida, y la de multa de seis a veinticuatro meses en los demás casos, salvo que al delito no impedido le correspondiera igual o menor pena, en cuyo caso se impondrá la pena inferior en grado a la de aquél.
2. En las mismas penas incurrirá quien, pudiendo hacerlo, no acuda a la autoridad o a sus agentes para que impidan un delito de los previstos en el apartado anterior y de cuya próxima o actual comisión tenga noticia.
como podéis comprobar en este artículo sólo existe ese deber de denunciar un delito, cuando no hay riesgo para tu vida, es decir si te sientes amenazado (amenaza real), y siempre y cuando se traten de delitos que protegen la vida, la vida, la salud, la libertad, la libertad sexual, ¿que delitos son esos? homicidio, asesinatos, lesiones, amenazas coacciones, agresiones sexuales... ¿el narcotráfico se incluye? NO porque el bien jurídico que protege es la SALUD PÚBLICA, que no es lo mismo que la salud, de hecho gracias a esa distinción los actos de cultivo para consumo propio son impunes...
Así que¿ que haría yo si me pillan en el salón de mi camello fumándome un porro? si estuviera muy emporrada, callarme y esperar a mi abogado en el caso de que me detengan, que no creo porque cuando hay un registro, hay también intervención de teléfono, seguimientos etc... y a esas alturas ya sabrán que tu eres un simple porreta q vas a pillar...
No es delito comprar, ni no denunciar a tu camello, ni fumarte un porro con tu camello: como bien dice el tribunal supremo:
Sentencia del Tribunal Supremo, de 25 de marzo, de 1993, “no debe ser suficiente con la mera desobediencia formal a la norma, sino que la adecuación de una acción al tipo del art. 344 CP requiere que ésta reúna los elementos que la caracterizan como abstractamente peligrosa para el bien jurídico. Y para determinar los supuestos en que tal inadecuación al tipo se produce se acude a la corrección interpretativa de excluir la tipicidad en aquellos casos de mínimas infracciones en que la acción en sí misma no es apropiada para crear un peligro para el bien jurídico. Y esto ocurre en los casos en que está descartada la difusión de la droga entre el público, no existe ni se exige contraprestación y el partícipe consume la droga voluntariamente y en presencia del que la entrega"
Ojo en el actual CP el tráfico de drogas no se ubica en el 344, sino en el 368, es que esta sentencia es anterior a la reforma del código penal del 95.
¿Te ocurriría algo porque te pillen fumándote un porro con tu camello en su casa? ya hemos descartado el derecho penal: no es delito, y no tendría responsabilidad penal... pero es q tampoco tendrías responsabilidad administrativa en la medida en que la ley Corcuera se limita sancionar el consumo y la tenencia en vía publica, y el salón de tu camello es domicilio particular...
así q no te pasaría nada, bueno un buen susto, y es obvio q es probable que la policía se ponga un poco borde, pero en caso de registro suele estar el secretario judicial, q es autoridad, dirígete a el con educación, diciendo q tu solo estabas fumándote un porrito, q no habías visto la plantación y nada mas, no des información sobre q estas comprando ni nada, bueno yo al menos no lo haría, porque nunca he sido una chivata, es obvio q la decisión es tuya, yo me limito a decirte q no tienes obligación de nada, según la ley...
Bueno chicos, siento desmentir lo q habéis afirmados, pero es q vaya exageraos q habéis sido, me imagino al chico leyendo el hilo y con la cara cada vez mas blanca.... imaginándose ya en Guantánamo
Un saludo y un besal...